Fiscalidad de criptomonedas en España: IRPF, Modelo 721 y control de la AEAT en 2026

Cómo tributan las criptomonedas en el IRPF español

Las criptomonedas generan ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF cuando se venden, intercambian o utilizan para pagar bienes y servicios. La ganancia se calcula como la diferencia entre el valor de transmisión (precio de venta) y el valor de adquisición (precio de compra), siguiendo el método FIFO (primera entrada, primera salida) cuando el contribuyente tiene varias compras del mismo activo a distintos precios. Las ganancias y pérdidas patrimoniales por criptomonedas integran la base del ahorro del IRPF, tributando al 19% los primeros 6.000 euros, al 21% entre 6.000 y 50.000, al 23% entre 50.000 y 200.000, al 27% entre 200.000 y 300.000 y al 30% a partir de 300.000 euros.

El intercambio entre criptomonedas también tributa

Un error muy frecuente es creer que solo se tributa cuando se convierte la criptomoneda a euros. En realidad, el intercambio de una criptomoneda por otra (por ejemplo, vender Bitcoin para comprar Ethereum) es una permuta que genera ganancia o pérdida patrimonial en el momento del intercambio, calculada sobre el valor de mercado de los activos intercambiados. Esto significa que el inversor en criptomonedas que realizó múltiples intercambios durante el ejercicio tiene obligación de declarar cada uno de ellos aunque nunca haya convertido a euros.

El Modelo 721: declaración de criptoactivos en exchanges extranjeros

El Modelo 721, en vigor desde el ejercicio 2023, obliga a declarar los criptoactivos custodiados por proveedores de servicios de criptomonedas con sede fuera de España cuando su valor conjunto supere los 50.000 euros al 31 de diciembre del ejercicio. El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente. Los exchanges extranjeros afectados son aquellos como Binance (sede en las Islas Caimán), Coinbase (EEUU), Kraken (EEUU) y similares. Los exchanges españoles o con obligación de informar en España (Modelo 172) no generan obligación de presentar el Modelo 721 para los saldos que ya han sido informados.

Control de la AEAT en 2026: DAC8 y cruce de información internacional

La Directiva DAC8 de la Unión Europea obliga a los prestadores de servicios de criptoactivos a intercambiar información automáticamente con las autoridades fiscales de los países de residencia de sus clientes. Esto significa que desde 2026, la AEAT recibe información de los exchanges europeos sobre las operaciones y saldos de los residentes en España, con un nivel de detalle comparable al que ya tiene de los brokers financieros tradicionales. La AEAT cruza esta información con las declaraciones del IRPF y del Modelo 721, detectando automáticamente a los contribuyentes que no han declarado sus operaciones en criptomonedas. En LRB Tax & Legal asesoramos sobre la correcta declaración de criptomonedas en el IRPF y la presentación del Modelo 721. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.