Una vez acreditado que tu empresa tiene derecho a una indemnización por parte de la Administración, surge la pregunta decisiva: ¿cuánto puede reclamar exactamente? La respuesta no siempre es sencilla, porque la cuantificación del daño es, con frecuencia, el punto más discutido de cualquier reclamación de responsabilidad patrimonial.
El principio de reparación integral: ni más, ni menos
La indemnización debe regirse por el llamado principio de reparación integral o de indemnidad: la compensación debe dejar a tu empresa en la misma situación patrimonial en la que se encontraría si el daño no se hubiera producido, ni mejor ni peor. Este principio, aparentemente simple, tiene consecuencias prácticas importantes que conviene conocer antes de plantear cualquier reclamación.
Compensatio lucri cum damno: cuando el daño trae también algún beneficio
Si el hecho dañoso, además de perjudicar a tu empresa, le reporta simultáneamente alguna ventaja, esa ventaja debe descontarse del importe de la indemnización, para evitar un enriquecimiento injustificado. El ejemplo clásico es el de un comerciante obligado a cerrar temporalmente su local por una obra de reurbanización que, sin embargo, revaloriza la zona y le reporta después mayores ingresos: esa mejora futura puede tenerse en cuenta para moderar la indemnización por el cierre. En la práctica, esto obliga a preparar la reclamación con una visión completa del impacto económico de la actuación administrativa, no solo de su vertiente negativa, porque la Administración normalmente hará valer este principio en su defensa.
El principio valorista: actualizar el daño hasta el momento del pago
La indemnización debe valorarse tomando como referencia la fecha en que se produjo el daño, pero actualizando esa cantidad hasta el momento de la resolución o sentencia que la reconoce, para compensar la pérdida de valor del dinero. Este principio, recogido expresamente en la LRJSP, es especialmente relevante en reclamaciones que se prolongan varios años en vía administrativa y judicial: tu empresa no debe conformarse con el valor nominal del daño calculado en el momento en que se produjo, sino exigir su actualización hasta la fecha efectiva del pago.
Cómo se calculan los daños patrimoniales
Para los daños de naturaleza patrimonial, la ley remite a los criterios de valoración establecidos en la legislación fiscal, de expropiación forzosa y demás normas aplicables, ponderando en su caso las valoraciones predominantes en el mercado. Esto significa que, en la práctica, la cuantificación de daños a bienes materiales, pérdidas de ingresos o lucro cesante empresarial debe apoyarse en informes periciales económicos rigurosos, capaces de acreditar de forma objetiva y contrastable el perjuicio patrimonial real sufrido por la empresa.
Lucro cesante: lo que tu empresa dejó de ganar también se indemniza
Uno de los aspectos más relevantes para las empresas es que la RPA no se limita a compensar el daño emergente (la pérdida directa sufrida), sino que también incluye el lucro cesante: los ingresos que la empresa habría obtenido razonablemente de no haberse producido el hecho lesivo. Este lucro cesante puede ser tanto pasado (el dejado de percibir hasta la fecha de la reclamación) como futuro (el que previsiblemente se dejará de percibir con posterioridad), y su acreditación exige normalmente un análisis económico y financiero detallado de la actividad empresarial afectada, comparando los resultados reales con una proyección razonable de lo que hubiera ocurrido sin el hecho dañoso.
Modalidades de indemnización: casi siempre dinero, pero no siempre
La indemnización consiste, como regla general, en el pago de una cantidad de dinero de una sola vez. Sin embargo, la ley permite que se satisfaga en especie o mediante pagos periódicos cuando concurran simultáneamente tres condiciones: que resulte más adecuado para lograr la reparación debida, que convenga al interés público y que exista acuerdo con la empresa perjudicada. Esta posibilidad puede resultar interesante en determinados supuestos, por ejemplo, cuando la reparación en especie (la restitución de un bien o la ejecución de obras de reparación) resulte más eficiente que una compensación puramente dineraria.
La importancia de una prueba económica sólida
La experiencia demuestra que, en la mayoría de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, la discusión técnica y jurídica sobre la existencia del derecho a indemnización se resuelve relativamente rápido, mientras que la discusión sobre el importe concreto se prolonga y resulta determinante del resultado final. Por ello, cualquier empresa que plantee una reclamación de este tipo debe invertir en una valoración pericial económica sólida desde el inicio del procedimiento, y no dejarla para una fase posterior, porque una cuantificación deficiente puede reducir drásticamente el importe finalmente reconocido, aunque el derecho a indemnización esté fuera de toda duda.
Cómo te ayudamos desde LRB Tax & Legal
En LRB Tax & Legal trabajamos con peritos económicos especializados para cuantificar con rigor el daño patrimonial y el lucro cesante sufrido por tu empresa a consecuencia de la actuación de una Administración Pública, y defendemos esa valoración a lo largo de todo el procedimiento administrativo y, en su caso, judicial. Si tu empresa necesita cuantificar correctamente una reclamación de responsabilidad patrimonial, contacta con nuestro equipo.
