Inspección del Impuesto sobre el Patrimonio y el Modelo 720

El control de los patrimonios de mayor entidad y de los bienes situados en el extranjero ha experimentado una notable evolución en los últimos años, marcada especialmente por la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaró contrario al derecho comunitario el régimen sancionador original asociado al modelo 720. Esta evolución no ha reducido, sin embargo, la atención de la Administración sobre esta materia, sino que ha modificado sus instrumentos de control.

El Impuesto sobre el Patrimonio

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto de las personas físicas, con notables diferencias en su aplicación práctica según la Comunidad Autónoma de residencia, dado que estas tienen competencias normativas relevantes sobre mínimos exentos y bonificaciones. La correcta valoración de los distintos elementos patrimoniales, especialmente inmuebles, participaciones en sociedades no cotizadas y otros activos de valoración compleja, es uno de los aspectos más comprobados por la Administración.

El modelo 720: obligación informativa sobre bienes en el extranjero

El modelo 720 obliga a determinados contribuyentes a informar sobre cuentas, valores, inmuebles y otros bienes o derechos situados en el extranjero, cuando su valor supera los umbrales legalmente establecidos. El incumplimiento de esta obligación informativa, o su cumplimiento incorrecto, tenía originalmente asociado un régimen sancionador extraordinariamente severo, que además calificaba como ganancia patrimonial no justificada, imprescriptible, el valor de los bienes no declarados en plazo.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró que este régimen sancionador resultaba desproporcionado y contrario a la libre circulación de capitales, lo que obligó a España a modificar la normativa, eliminando la imprescriptibilidad de la ganancia patrimonial no justificada asociada a bienes no declarados y reduciendo sustancialmente el importe de las sanciones específicas asociadas al incumplimiento de esta obligación informativa, equiparándolas en gran medida al régimen sancionador general.

Situación actual del control sobre bienes en el extranjero

Pese a la moderación del régimen sancionador, la obligación de declarar mediante el modelo 720 sigue vigente, y su incumplimiento continúa teniendo consecuencias fiscales relevantes. Además, el reforzamiento de los mecanismos de intercambio automático de información internacional permite a la Agencia Tributaria conocer, con independencia de esta declaración, la existencia de cuentas y activos financieros en otros países, lo que mantiene un nivel de control elevado sobre este tipo de patrimonio.

Riesgos para contribuyentes con patrimonio internacional

Los contribuyentes con patrimonio situado en el extranjero, ya sea por herencias internacionales, inversiones o traslados de residencia, deben prestar especial atención tanto a sus obligaciones de declaración en el Impuesto sobre el Patrimonio como a la obligación informativa del modelo 720, dado que las discrepancias entre la información disponible por la Administración a través de canales internacionales y lo efectivamente declarado por el contribuyente son una fuente habitual de comprobaciones.

Preguntas frecuentes

¿Sigo obligado a presentar el modelo 720 aunque ya lo presenté una vez?
Sí, existe obligación de actualizar la declaración cuando se producen determinadas variaciones significativas en el valor o la titularidad de los bienes ya declarados.

¿Puedo regularizar bienes en el extranjero no declarados en su momento?
Sí, es posible valorar una regularización de la situación, cuyas consecuencias concretas dependen del tiempo transcurrido y de las circunstancias específicas del caso.

¿El Impuesto sobre el Patrimonio es igual en toda España?
No, existen diferencias relevantes entre Comunidades Autónomas en cuanto a mínimos exentos y bonificaciones aplicables.

Cómo te ayudamos desde LRB Tax & Legal

En LRB Tax & Legal asesoramos a contribuyentes con patrimonio internacional en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y les defendemos ante comprobaciones relacionadas con el Impuesto sobre el Patrimonio o el modelo 720. Escríbenos a Contacto@LRB.es.

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