Inspección Fiscal a Influencers y Creadores de Contenido

La monetización del contenido digital, a través de redes sociales, plataformas de streaming o canales de vídeo, ha generado en pocos años un nuevo perfil profesional cuya tributación plantea cuestiones específicas que la Agencia Tributaria vigila con creciente atención. Publicidad, patrocinios, venta de productos propios, suscripciones de seguidores y colaboraciones con marcas conforman fuentes de ingresos diversas que exigen un tratamiento fiscal correcto.

Alta en actividad económica

Cualquier persona que obtenga ingresos de forma habitual mediante la creación de contenido digital debe darse de alta como autónomo en la actividad económica correspondiente, con independencia de que perciba esos ingresos directamente de marcas, de plataformas o de sus propios seguidores. La falta de alta, cuando existe una actividad económica real y habitual, constituye en sí misma un incumplimiento tributario.

Ingresos procedentes de plataformas extranjeras

Una parte significativa de los ingresos de los creadores de contenido procede de plataformas domiciliadas fuera de España, lo que exige prestar especial atención a su correcta declaración en el IRPF, así como a las obligaciones informativas que puedan corresponder respecto de cuentas bancarias o de pago en el extranjero utilizadas para recibir estos ingresos, en la medida en que superen los umbrales establecidos.

Regalos, productos y colaboraciones en especie

Uno de los aspectos más específicos de este sector es la tributación de los productos, viajes o experiencias recibidos de marcas a cambio de su promoción, que constituyen una retribución en especie sujeta a tributación por su valor de mercado, con independencia de que no se perciba una contraprestación dineraria directa. La falta de declaración de estas retribuciones en especie es uno de los incumplimientos más habituales detectados en este perfil.

IVA en servicios digitales y publicidad

Los servicios de publicidad y promoción prestados a empresas, tanto españolas como extranjeras, están sujetos a reglas específicas de localización a efectos de IVA, que determinan si la operación debe repercutir IVA español o si, por el contrario, se localiza en otro Estado, con las correspondientes implicaciones en materia de facturación e inversión del sujeto pasivo.

Gastos deducibles de la actividad

La deducibilidad de gastos vinculados a la actividad de creación de contenido, como equipos audiovisuales, suscripciones a herramientas digitales, desplazamientos relacionados con colaboraciones, o incluso una parte proporcional de gastos de vivienda cuando se destina parcialmente a la actividad, exige acreditar adecuadamente la correlación entre el gasto y la generación de ingresos, un aspecto especialmente escrutado en este tipo de actividad por su carácter en ocasiones difuso respecto de gastos personales.

Recomendaciones para creadores de contenido

Llevar un registro detallado de todos los ingresos, incluidos los recibidos en especie y los procedentes de plataformas extranjeras, valorar adecuadamente estos últimos a precio de mercado, y contar con asesoramiento fiscal especializado en este tipo de actividad desde el inicio de su monetización, son las mejores herramientas preventivas frente a una eventual comprobación.

Preguntas frecuentes

¿Debo declarar un producto que una marca me regala para que lo promocione?
Sí, constituye una retribución en especie sujeta a tributación por su valor de mercado.

¿Tengo que declarar los ingresos que recibo de una plataforma extranjera aunque no los transfiera a España?
Sí, si eres residente fiscal en España, debes declarar tu renta mundial, con independencia de dónde se generen o mantengan los ingresos.

¿A partir de qué momento debo darme de alta como autónomo por mi actividad de creación de contenido?
Desde el momento en que la actividad se desarrolla de forma habitual y con ánimo de obtener ingresos, con independencia del importe concreto obtenido.

Cómo te ayudamos desde LRB Tax & Legal

En LRB Tax & Legal asesoramos a creadores de contenido e influencers en la correcta tributación de sus ingresos y les defendemos ante comprobaciones de la Agencia Tributaria. Escríbenos a Contacto@LRB.es.

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