Parking con Cargadores Eléctricos: IVA del Suministro de Energía y Fiscalidad
La instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en parkings y aparcamientos es una de las tendencias más relevantes del sector en los últimos años. Esta combinación —servicio de aparcamiento + suministro de electricidad para recarga— genera una fiscalidad mixta que el gestor del parking debe conocer para facturar correctamente y para declarar correctamente el IVA de cada tipo de servicio.
IVA del Servicio de Recarga Eléctrica: ¿21% o 10%?
El suministro de electricidad tributa al tipo reducido del IVA del 10% (artículo 91.Uno.1.4º LIVA). Sin embargo, cuando el parking no vende electricidad directamente al conductor —sino que le cobra por el servicio de recarga que incluye el suministro de electricidad más el acceso al punto de recarga, la gestión de la sesión de carga y otros servicios añadidos— la calificación de la operación puede ser diferente:
- Si el parking es una CEVE (central eléctrica de recarga) registrada y factura el kWh consumido, puede aplicar el 10% sobre el suministro eléctrico.
- Si el parking factura un precio por servicio de recarga (no por kWh), la operación puede calificarse como prestación de servicios electrónicos o de acceso a infraestructura al 21%.
Tarifas de Recarga: Por Tiempo vs. Por kWh
El modo de tarificación del servicio de recarga tiene implicaciones fiscales:
- Tarifa por tiempo (por hora de conexión): Es un servicio de acceso a la infraestructura de recarga, no un suministro de electricidad. Tributa al 21% de IVA.
- Tarifa por kWh consumido: Es más asimilable al suministro de electricidad, que tributa al 10%. Requiere que el sistema de medición esté homologado.
Facturación Separada: Aparcamiento + Recarga
El parking que cobra simultáneamente por el estacionamiento (21% de IVA) y por la recarga eléctrica (10% si aplica) debe emitir una factura con dos líneas diferenciadas con sus respectivos tipos de IVA. La unificación de ambos servicios en un único precio con un único tipo de IVA sería incorrecta y generaría un error sistemático en la declaración del impuesto.
Asesoramiento con LRB Tax & Legal
En LRB Tax & Legal asesoramos a parkings con puntos de recarga en la correcta gestión del IVA. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o al +34 684 234 831.

