Aval bancario como garantía tributaria: coste, alternativas y suspensión sin garantía

El aval bancario como garantía tributaria

El aval bancario solidario es la garantía tributaria más habitual para suspender la ejecución de una liquidación tributaria mientras se recurre ante el TEAR o los tribunales. El aval debe cubrir el importe de la deuda más los intereses de demora del período de recurso (estimado en 12-18 meses) más un recargo adicional del 25% del importe de la deuda. El coste del aval para la empresa deudora es el de la comisión de aval de la entidad financiera (habitualmente entre el 0,5% y el 1,5% anual sobre el importe avalado), que debe compararse con el coste de pagar la deuda y reclamar la devolución si se gana el recurso (durante ese tiempo el dinero no genera rendimiento en la empresa).

Alternativas al aval: hipoteca, seguro de caución y otras garantías

Cuando la empresa no tiene línea de aval disponible o el coste del aval es excesivo, la AEAT acepta otras garantías: hipoteca inmobiliaria sobre bienes en España de propiedad del deudor o de terceros garantes (con tasación actualizada y cargas anteriores que no superen el 75% del valor de tasación), seguro de caución emitido por una entidad aseguradora autorizada por la DGS, o prenda de valores cotizados con valor de mercado suficiente. Cuando el deudor no puede aportar garantías suficientes, puede solicitar la dispensa de garantía acreditando que la garantía causaría perjuicios irreparables o de difícil reparación, o que la deuda carece de fundamento.

Suspensión sin garantía en las reclamaciones económico-administrativas

Las sanciones tributarias se suspenden automáticamente sin garantía cuando el contribuyente interpone recurso de reposición o reclamación ante el TEAR. Para las liquidaciones tributarias (deudas distintas de sanciones), la suspensión sin garantía solo procede en casos excepcionales: cuando la AEAT está en período de ejecución de actos anulados por los tribunales (la llamada «suspensión automática de segunda liquidación»), o cuando el contribuyente alega error aritmético o material evidente. En LRB Tax & Legal gestionamos la obtención y mantenimiento de garantías tributarias para nuestros clientes. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831 / ValiTax.es.