Toda empresa o profesional que satisfaga rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas o premios sujetos a retención está obligado a practicar la correspondiente retención o ingreso a cuenta e ingresarla en la Agencia Tributaria mediante el modelo 111, con carácter trimestral o mensual, y a resumir dicha información anualmente en el modelo 190. Es una de las obligaciones fiscales más extendidas entre empresas de cualquier tamaño, y también una de las que con más frecuencia genera comprobaciones por errores en los tipos aplicados o en la identificación de los perceptores.
En LRB Tax & Legal ayudamos a empresas a revisar la correcta aplicación de retenciones sobre nóminas, honorarios profesionales y otros rendimientos sujetos, un ámbito donde los errores acumulados durante todo un ejercicio pueden generar regularizaciones de importe considerable.
Qué rentas están sujetas a retención mediante el modelo 111
El modelo 111 recoge las retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre:
- Rendimientos del trabajo, incluidos salarios, pensiones e indemnizaciones sujetas.
- Rendimientos de actividades profesionales, con carácter general al tipo del 15%, reducido al 7% para nuevos profesionales durante el ejercicio de inicio y los dos siguientes.
- Rendimientos de determinadas actividades económicas en estimación objetiva, sujetas a un tipo específico de retención.
- Premios derivados de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, por encima de determinados importes exentos.
Periodicidad de presentación del modelo 111
Con carácter general, el modelo 111 se presenta trimestralmente, dentro de los veinte primeros días naturales del mes siguiente a cada trimestre. Las grandes empresas y determinadas Administraciones Públicas están obligadas a presentación mensual, dentro de los primeros veinte días del mes siguiente al periodo de liquidación.
El modelo 190: resumen anual
El modelo 190 recapitula, de forma anual, todas las retenciones e ingresos a cuenta declarados en los modelos 111 del ejercicio, desglosados por perceptor, tipo de renta y clave de percepción. Su plazo de presentación es enero del ejercicio siguiente, y su correcta cumplimentación es especialmente relevante porque la información se traslada automáticamente al borrador de la declaración de la renta de cada perceptor, generando incidencias si existen discrepancias.
Errores más frecuentes en la práctica de retenciones
De nuestra experiencia asesorando a empresas en este ámbito, destacamos los siguientes errores habituales:
- Aplicación incorrecta del tipo de retención en rendimientos del trabajo, sin actualizar el cálculo cuando se producen variaciones significativas en las circunstancias personales o familiares del trabajador declaradas mediante el modelo 145.
- Retención al tipo general del 15% a profesionales que tienen derecho al tipo reducido del 7% por inicio de actividad, o viceversa, aplicación indebida del tipo reducido una vez transcurrido el periodo de tres años.
- Falta de retención sobre determinados rendimientos en especie, cuyo tratamiento fiscal es menos conocido que el de las retribuciones dinerarias.
- Discrepancias entre lo declarado en los modelos 111 trimestrales y el resumen anual del modelo 190, por errores de arrastre o correcciones no regularizadas correctamente.
Un error sistemático en el tipo de retención aplicado no solo genera un riesgo para la empresa pagadora, sino que también puede perjudicar al perceptor, que verá alterado el resultado de su declaración de la renta. Si tu empresa necesita revisar su proceso de retenciones o ha recibido un requerimiento relacionado, en LRB Tax & Legal podemos ayudarte. Escríbenos a Contacto@LRB.es.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 111 y el modelo 190
¿Qué pasa si aplico un tipo de retención inferior al correcto?
La empresa pagadora será responsable de ingresar la diferencia no retenida correctamente, con los correspondientes intereses de demora y, en su caso, sanción, independientemente de que posteriormente pueda repercutir dicho importe al trabajador o profesional afectado según los pactos existentes.
¿Debo presentar el modelo 111 si no he practicado retenciones en el trimestre?
No es obligatorio presentar declaración negativa si no se han practicado retenciones ni ingresos a cuenta durante el periodo, salvo que se esté dado de alta en la obligación y así lo exija la normativa específica aplicable.
¿El modelo 190 incluye las retenciones sobre alquileres?
No, las retenciones sobre rendimientos de capital inmobiliario derivados del arrendamiento de inmuebles se declaran a través del modelo 115, con su correspondiente resumen anual en el modelo 180.
Conclusión
Las retenciones e ingresos a cuenta declarados en los modelos 111 y 190 son una obligación de gestión continua que exige actualizar correctamente los tipos aplicables ante cualquier cambio en las circunstancias de los perceptores. Los errores en este ámbito, aunque parezcan menores, se acumulan a lo largo del ejercicio y pueden derivar en regularizaciones de importe relevante.
Si necesitas revisar tu proceso de retenciones o defender tu posición ante una comprobación relacionada, en LRB Tax & Legal contamos con experiencia en este ámbito. Contacta con nosotros en Contacto@LRB.es.
