ITP en la compraventa de vehículos usados: tipos y casos

El tipo del ITP en vehículos usados depende de la comunidad autónoma donde reside el comprador y de la antigüedad, la cilindrada y la clase del vehículo. Pueden aplicarse el tipo general de bienes muebles, un tipo agravado del 8 % o una cuota fija muy baja.

Este artículo, actualizado a octubre de 2026, compara las reglas de varias comunidades con ejemplos y casos prácticos. Para el cálculo de la base imponible y las tablas generales, consulte antes nuestra guía sobre el ITP en vehículos usados: base imponible, tablas y tipos.

Por qué el ITP de un vehículo usado cambia según la comunidad

La compraventa de un vehículo usado entre particulares tributa por la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Se aplica a los bienes muebles el tipo que fije cada comunidad, dentro de la cesión de tributos regulada en la Ley 22/2009, de 18 de diciembre.

Según los puntos de conexión del impuesto, en la transmisión de bienes muebles es competente la comunidad donde el adquirente tiene su residencia habitual, si es persona física, o su domicilio fiscal, si es persona jurídica. Importa, por tanto, dónde vive el comprador y no dónde está el vehículo.

La norma estatal básica es el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, que regula el ITP y el AJD. Sobre esa base, las comunidades fijan tipos reducidos y cuotas mínimas para vehículos antiguos.

Tipos generales y tipo agravado para vehículos potentes

Cada comunidad establece un tipo general para los bienes muebles, y los vehículos usados siguen esa regla cuando no hay una norma específica. Los tipos generales vigentes en octubre de 2026 en las comunidades comparadas son los siguientes.

ComunidadTipo general en bienes muebles
Asturias4 %
Canarias5,5 %
Cantabria6 %
Extremadura6 %
Galicia8 %

El tipo agravado del 8 % se aplica, en comunidades como Asturias y Baleares, a los turismos y todoterrenos que superen los 15 caballos de potencia fiscal. La potencia se determina según la clasificación de las órdenes anuales de precios medios de venta.

Ejemplo ilustrativo: un turismo de 18 caballos fiscales adquirido por un residente en Baleares por 20.000 euros tributa al 8 %, es decir, 1.600 euros.

Cuotas fijas para vehículos antiguos: la gran diferencia

Varias comunidades sustituyen el porcentaje por una cuota fija en vehículos antiguos. El resultado es un impuesto simbólico frente al que correspondería por el valor. La antigüedad exigida y los importes varían de forma notable.

ComunidadVehículo y antigüedadCuota fija
CanariasTurismo de más de 10 años, hasta 1.000 c.c.40 euros
CanariasTurismo de más de 10 años, de 1.001 a 1.500 c.c.70 euros
CanariasTurismo de más de 10 años, de 1.501 a 2.000 c.c.115 euros
CantabriaTurismo o todoterreno de más de 10 años, hasta 999 c.c.45 euros
CantabriaTurismo o todoterreno de más de 10 años, de 1.000 a 1.499 c.c.60 euros
CantabriaTurismo o todoterreno de más de 10 años, de 1.500 a 1.999 c.c.90 euros
GaliciaTurismo o todoterreno con uso igual o superior a 15 años, hasta 1.199 c.c.22 euros
GaliciaTurismo o todoterreno con uso igual o superior a 15 años, de 1.200 a 1.599 c.c.38 euros
MurciaVehículos de más de 12 años, hasta 1.000 c.c.0 euros
MurciaVehículos de más de 12 años, de 1.001 a 1.500 c.c.30 euros
MurciaVehículos de más de 12 años, de 1.501 a 2.000 c.c.50 euros
MurciaVehículos de más de 12 años, más de 2.000 c.c.75 euros

En Murcia, además, los vehículos de hasta 1.000 c.c. con más de 12 años tributan a cero euros y el sujeto pasivo no está obligado a presentar autoliquidación. En Canarias, los vehículos históricos quedan sujetos al tipo de bienes muebles, cualquiera que sea su período de matriculación y su cilindrada.

Galicia tiene además una regla intermedia que se pasa por alto. Los medios de transporte terrestre usados tributan al 3 %, salvo los turismos y todoterrenos con 15 años o más de uso, que pagan cuota fija, y los casos de tipo cero. Un coche de 13 años no paga el 8 % general, sino el 3 %, y eso conviene comprobarlo en cada operación.

Ejemplo comparado de un turismo de 13 años

Ejemplo ilustrativo: un turismo de 1.400 c.c. y 13 años de antigüedad, con un precio de 3.000 euros. El impuesto cambia mucho según la residencia del comprador.

  • Murcia: cuota fija de 30 euros.
  • Cantabria: cuota fija de 60 euros, al ser de más de 10 años y estar entre 1.000 y 1.499 c.c.
  • Canarias: cuota fija de 70 euros, al superar los 10 años y estar entre 1.001 y 1.500 c.c.
  • Galicia: no se aplica la cuota especial, porque exige 15 años o más de uso; tributaría al 3 %, que es el tipo de los medios de transporte terrestre usados, es decir, 90 euros.

La lección es clara: antes de comprar o vender, conviene comprobar la antigüedad exacta y la cilindrada en la ficha técnica, porque un solo año o un cambio de tramo modifica el resultado.

Vehículos de baja contaminación, motos y otros casos especiales

Las comunidades utilizan el ITP como incentivo ambiental. En Baleares tributan al 0 % las transmisiones de ciclomotores, sin obligación de presentar autoliquidación, y las de vehículos cero emisiones con distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico. Los vehículos con distintivo ECO tributan al 2 %.

Galicia aplica el 0 % a los vehículos clasificados con categoría ambiental «0 emisiones», acreditada con el distintivo de la Dirección General de Tráfico, y a bicicletas con pedaleo asistido y vehículos de movilidad personal. Las embarcaciones de recreo y los motores marinos tributan al 1 %.

Cantabria regula desde el 1 de enero de 2025 cuotas fijas por cilindrada para ciclomotores y motocicletas. Por ejemplo, la tabla de gasolina va desde 48 euros hasta 50 c.c. hasta 918 euros para cilindradas superiores a 1.200 c.c., con una tabla específica para eléctricos.

Extremadura reserva el 4 % a los vehículos comerciales e industriales ligeros usados, de hasta 3.500 kg de masa máxima autorizada, cuando los adquieren contribuyentes con actividades económicas sujetas al IRPF o al Impuesto sobre Sociedades y los afectan a la actividad. El resto de muebles tributa al 6 %.

Errores frecuentes al declarar el ITP de un vehículo usado

  • Aplicar la comunidad del vendedor en lugar de la del comprador.
  • Dar por hecho que la cuota fija vale en todas las comunidades, cuando la antigüedad exigida va de 10 a 15 años.
  • Olvidar que los tramos de cilindrada son cerrados y que cambian de una comunidad a otra.
  • No presentar autoliquidación cuando la comunidad no la dispensa, que solo ocurre en supuestos concretos como los vehículos de hasta 1.000 c.c. en Murcia o los ciclomotores en Baleares.
  • Declarar un precio inferior al valor que figura en las tablas oficiales, lo que invita a la comprobación.

La compraventa de vehículos entre particulares plantea además obligaciones de gestión y de cambio de titularidad. Si quiere un repaso del trámite, lea nuestro artículo sobre la compraventa de vehículos entre particulares, el ITP y el concesionario intermediario.

Cómo calcular el impuesto paso a paso

  • Determine la comunidad: la de residencia habitual del comprador o, si es sociedad, su domicilio fiscal.
  • Identifique el vehículo: clase, antigüedad, cilindrada, potencia fiscal y distintivo ambiental.
  • Compruebe si procede cuota fija, tipo reducido, tipo agravado o tipo cero.
  • Calcule la base según la tabla oficial de valores medios y aplique el tipo o la cuota.
  • Presente la autoliquidación del impuesto en la administración autonómica competente.

Para personas físicas que compran o venden con cierta frecuencia, o que reciben vehículos por otras vías, conviene integrar estas operaciones en su planificación fiscal de personas físicas. Un correcto encaje evita sorpresas con otros impuestos.

Cuando el valor declarado se discute porque el vehículo es singular, clásico o está modificado, un dictamen técnico respalda la posición del contribuyente. ValiTax elabora informes periciales tributarios a estos efectos. Si desea consultar un caso concreto, escriba a Contacto@LRB.es o llame al +34 684 234 831.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipo de ITP se paga al comprar un coche usado?

Depende de la comunidad autónoma del comprador: aplica el tipo general de bienes muebles, que va del 4 % en Asturias al 8 % en Galicia, o una cuota fija si el vehículo es antiguo. Los turismos de más de 15 caballos fiscales pueden tributar al 8 %.

¿Qué comunidad cobra el ITP de un vehículo usado?

Cobra la comunidad donde el comprador tiene su residencia habitual, si es persona física, o su domicilio fiscal, si es persona jurídica. No cuenta el lugar donde esté el vehículo ni la residencia del vendedor. Por eso el mismo coche puede tributar distinto según quién lo compre.

¿Hay cuota fija de ITP para coches antiguos?

Sí, varias comunidades fijan cuotas bajas para turismos antiguos. Canarias y Cantabria las aplican a partir de 10 años, Murcia a partir de 12 y Galicia desde 15 años de uso. Los importes dependen de la cilindrada y van desde 0 hasta 115 euros en los tramos citados.

¿Pagan ITP los vehículos eléctricos de segunda mano?

Depende de la comunidad. Baleares aplica el 0 % a los vehículos cero emisiones con distintivo ambiental y Galicia a los de categoría ambiental 0 emisiones. En otras comunidades se aplica el tipo general de bienes muebles o las reglas propias del vehículo, por lo que conviene comprobarlo.

¿Hay que presentar autoliquidación si la cuota es cero?

Normalmente sí, salvo que la comunidad exima expresamente. Murcia dispensa de autoliquidar los vehículos de hasta 1.000 c.c. con más de 12 años, y Baleares los ciclomotores. En los demás casos, aunque el importe sea reducido, se debe presentar la autoliquidación en plazo.

Contenido informativo, actualizado a octubre de 2026. No sustituye al asesoramiento individualizado.