Aportación no dineraria a sociedad: cuándo tributa y cuándo aplica el FEAC

Aportación no dineraria de activos a una sociedad: implicaciones fiscales

La aportación no dineraria de activos (inmuebles, participaciones, maquinaria, cartera de clientes) a una sociedad es una operación frecuente en la reestructuración patrimonial española. Fiscalmente, la aportación no dineraria es tratada como una transmisión: el aportante obtiene a cambio participaciones de la sociedad receptora con un valor igual al valor de mercado de lo aportado, lo que puede generar una ganancia patrimonial en el IRPF del aportante persona física si el valor de mercado supera el coste de adquisición del activo aportado.

La aportación de rama de actividad bajo el FEAC

Cuando la aportación constituye una rama de actividad autónoma (conjunto de elementos del activo y del pasivo que forman una unidad económica con capacidad de funcionar por sus propios medios), la operación puede acogerse al régimen FEAC de neutralidad fiscal. En ese caso, ni la sociedad aportante tributa en el IS por las plusvalías latentes de los activos aportados, ni el socio persona física tributa en el IRPF por la ganancia que representaría el canje de sus participaciones. Esta posibilidad es la que permite a los propietarios de inmuebles en arrendamiento aportar su cartera de alquileres a una sociedad sin coste fiscal inmediato, siempre que la cartera constituya una actividad económica real (con empleado a jornada completa para la gestión).

La aportación de participaciones (canje de valores)

El canje de valores es la aportación de participaciones en una entidad a otra sociedad (generalmente la holding) a cambio de participaciones de esta última. Es la operación más habitual para crear la estructura holding familiar: el empresario aporta sus participaciones en la empresa operativa a la holding de nueva creación, recibiendo a cambio participaciones de la holding. Bajo el FEAC, la operación no genera tributación en el IRPF del empresario, siempre que exista motivo económico válido. En LRB Tax & Legal planificamos y ejecutamos aportaciones no dinerarias y canjes de valores con plena seguridad fiscal. Nuestros peritos de ValiTax elaboran los informes de valoración. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.