YouTubers y Fiscalidad: Monetización, AdSense y Canal de YouTube

YouTubers y Fiscalidad: Monetización, AdSense y Canal de YouTube

YouTube es la principal plataforma de monetización de contenido en vídeo para los creadores españoles. El canal de YouTube puede generar ingresos por múltiples vías —AdSense, membresías de canal, Super Chats, Super Stickers, merchandise— cada una con su propio tratamiento fiscal. Entender cómo declara Google sus pagos, cómo funciona el sistema de retención de EE.UU. y qué gastos puede deducir el youtuber son las tres claves fiscales del sector.

Ingresos de AdSense: Rendimientos de Actividades Económicas

Los ingresos de Google AdSense son rendimientos de actividades económicas en el IRPF. Google Ireland Limited paga al youtuber español la parte de los ingresos publicitarios que le corresponde, sin practicar retención española (al ser una empresa irlandesa). El youtuber declara estos ingresos en el modelo 130 trimestral y en su declaración anual del IRPF.

La Retención del 15% del IRS de EE.UU.

YouTube (Google LLC) está obligado por la normativa fiscal estadounidense a aplicar una retención en origen (withholding tax) sobre determinados ingresos generados por visualizaciones de EE.UU. Para los youtubers españoles, el Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI) entre España y EE.UU. reduce esta retención al 10% sobre los cánones (royalties) generados en EE.UU. Esta retención estadounidense puede deducirse como impuesto extranjero en la declaración española del IRPF mediante la deducción por doble imposición internacional.

Membresías, Super Chats y Super Stickers

Los ingresos de membresías de canal (subscriptores que pagan mensualmente por beneficios exclusivos), Super Chats (donaciones durante directos) y Super Stickers son también rendimientos de actividades económicas. YouTube retiene un porcentaje de estos ingresos como comisión de plataforma antes de transferirlos al creador.

Gastos Deducibles del YouTuber

  • Equipo de grabación y edición: cámaras, objetivos, micrófonos, tarjetas de captura, ordenadores, discos duros de alta capacidad.
  • Software de edición: Adobe Premiere, DaVinci Resolve, plugins de efectos especiales.
  • Plató o espacio de grabación: alquiler o parte proporcional del domicilio usado para grabar.
  • Desplazamientos para grabación de contenido exterior.
  • Cuota del RETA y asesoría fiscal.
  • Conexión a internet y teléfono (en la proporción afecta a la actividad).

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