Staking, Yield Farming y DeFi: Tributación en el IRPF

Staking, Yield Farming y DeFi: Tributación en el IRPF

La participación en protocolos de finanzas descentralizadas (DeFi) —staking de criptomonedas, provisión de liquidez en plataformas como Uniswap o Aave, yield farming, lending cripto— genera ingresos que deben declararse en el IRPF. La calificación fiscal de estos ingresos no está completamente definida en la normativa española, pero la DGT ha emitido varias consultas vinculantes que permiten establecer criterios generales.

Staking: Rendimientos del Capital Mobiliario

El staking es la participación en el proceso de validación de transacciones de una blockchain de prueba de participación (Proof of Stake) a cambio de recompensas en la criptomoneda de esa red. Las recompensas de staking son, según la DGT (consultas V0488-23 y similares), rendimientos del capital mobiliario en el IRPF, tributando en la base del ahorro al 19–28% sobre el valor de mercado de las criptomonedas recibidas en el momento de la recepción.

Yield Farming y Provisión de Liquidez

La provisión de liquidez a protocolos DeFi a cambio de comisiones o tokens de recompensa también genera rendimientos del capital mobiliario. La complejidad aquí es que la provisión de liquidez implica normalmente depositar dos activos en un pool de liquidez (por ejemplo, ETH y USDC), lo que puede generar a su vez ganancias o pérdidas patrimoniales cuando se retiran los activos si la ratio entre ellos ha cambiado (impermanent loss).

Lending Cripto

Los intereses recibidos por prestar criptomonedas en plataformas de lending (Compound, Aave, BlockFi —ya cerrada—) son rendimientos del capital mobiliario, tributando al 19–28% sobre el valor en euros de las criptomonedas recibidas como interés en el momento de su recepción.

El Momento del Devengo

Las recompensas de staking, yield farming y lending se devengan cuando se reciben, no cuando se venden. Si el contribuyente recibe 0,1 ETH como recompensa de staking cuando el ETH vale 3.000 €, declara un rendimiento del capital mobiliario de 300 €. Cuando posteriormente venda ese 0,1 ETH (por ejemplo a 4.000 €), declarará una ganancia patrimonial adicional de 100 € (4.000 − 3.000 × 0,1).

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