Sociedad para Influencers: Cuándo Constituirla y Cómo Estructurarla

Sociedad para Influencers: Cuándo Constituirla y Cómo Estructurarla

Cuando los ingresos netos del influencer o creador de contenido superan los 80.000–100.000 euros anuales, la constitución de una sociedad limitada puede suponer un ahorro fiscal de más de 20.000 euros anuales. La decisión de societarizar la actividad del influencer, sin embargo, no es automática: depende del volumen de ingresos, de la proporción de ingresos con retención, del nivel de gastos personales del influencer y de sus objetivos a largo plazo (venta del canal, entrada de socios, expansión del negocio).

¿Cuándo Conviene Constituir Sociedad?

  • Cuando el rendimiento neto supera los 80.000–100.000 euros anuales y el influencer no necesita disponer inmediatamente de todos los ingresos para sus gastos personales.
  • Cuando el influencer quiere acumular beneficios para reinvertir en la marca personal (producción de contenido de mayor calidad, contratación de equipo) sin tributar al tipo marginal máximo del IRPF.
  • Cuando el influencer quiere proteger su patrimonio personal de posibles reclamaciones de terceros relacionadas con su actividad.
  • Cuando existen socios o colaboradores habituales que pueden integrarse como socios de la sociedad.

Estructura de la Sociedad del Influencer

La estructura más habitual es una SL unipersonal o con pocos socios donde el influencer es administrador y socio mayoritario. La sociedad factura todos los servicios de publicidad y contenido a las marcas y plataformas, y retribuye al influencer mediante una combinación de:

  • Salario del administrador: Un salario razonable de mercado por las funciones de dirección y producción de contenido (gasto deducible para la sociedad, rendimiento del trabajo para el influencer en el IRPF).
  • Dividendos: El beneficio restante de la sociedad puede distribuirse como dividendo cuando el influencer lo necesite (tributando al 19–28% en la base del ahorro del IRPF del socio).

El Riesgo de la Sociedad Interpuesta

La AEAT vigila las sociedades de influencers que facturan servicios que son en realidad rendimientos del trabajo encubiertos o que carecen de sustancia económica real (la sociedad no tiene medios propios, no contratan a nadie, el influencer sigue trabajando exactamente igual que como autónomo). Si la AEAT considera que la sociedad es una interposición artificial, puede desconocer la sociedad y atribuir todos los ingresos directamente al influencer en el IRPF.

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