Rehabilitación de Edificios: IVA Reducido y Deducción por Reforma en el IRPF

Rehabilitación de Edificios: IVA Reducido y Deducción por Reforma en el IRPF

La rehabilitación de edificios ha cobrado una relevancia fiscal especial en los últimos años, con importantes incentivos tanto en el IVA (tipo reducido para obras de renovación en vivienda) como en el IRPF (deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética) y en el IS (amortización acelerada de los activos rehabilitados). La confluencia de fondos Next Generation europeos con los incentivos fiscales nacionales crea un entorno de planificación complejo pero muy favorable para los proyectos de rehabilitación.

IVA Reducido al 10% en Obras de Renovación de Vivienda

Las ejecuciones de obras de renovación y reparación de viviendas particulares tributan al 10% de IVA (en lugar del 21%) cuando:

  • El destinatario es una persona física (o comunidad de propietarios).
  • La vivienda tiene al menos dos años de antigüedad.
  • Los materiales aportados no superan el 40% de la base imponible total de la obra.

Deducciones IRPF por Eficiencia Energética

Las obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o de inmuebles arrendados generan deducciones en el IRPF:

  • Deducción del 20% por obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración en al menos un 7% (certificado energético previo y posterior).
  • Deducción del 40% por obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%.
  • Deducción del 60% para edificios completos que mejoren su calificación energética en al menos dos letras.

Fondos Next Generation: Subvenciones para Rehabilitación

El Plan de Recuperación canaliza fondos europeos hacia la rehabilitación energética de edificios a través del Programa PREE y del PRTR. Las subvenciones recibidas por los propietarios son ingresos del IRPF (ganancia patrimonial) que se coordinan con las deducciones por eficiencia energética (la base de deducción se minora en el importe de la subvención).

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