Inspección de Hacienda a Empresas Informáticas y Programadores: Focos y Defensa
Los profesionales y empresas del sector informático están entre los contribuyentes que la AEAT vigila con mayor atención en los últimos años. Las razones son múltiples: la elevada proporción de ingresos de clientes extranjeros sin retención, la frecuente omisión de la gestión del IVA intracomunitario, la aplicación incorrecta o indebida de deducciones de I+D+i y la existencia de colectivos de programadores que no han regularizado su situación fiscal al inicio de su carrera profesional.
Focos Principales de Inspección en el Sector IT
Ingresos de Clientes Extranjeros No Declarados
El informático que trabaja para empresas extranjeras y cobra en su cuenta bancaria española puede pensar que, al no haber retención, sus ingresos no son visibles para la AEAT. Sin embargo, el intercambio automático de información fiscal (CRS) entre países permite a la AEAT detectar los cobros en cuentas españolas procedentes del extranjero. Si estos ingresos no están declarados en el IRPF, la AEAT iniciará un requerimiento.
IVA Intracomunitario No Gestionado
Muchos programadores que facturan a empresas europeas no declaran estas operaciones en el modelo 349 ni en el 303. Si el modelo 349 presentado por el informático español no coincide con las declaraciones intracomunitarias del cliente europeo en su país, la AEAT puede detectar la discrepancia e iniciar una comprobación.
Deducciones de I+D+i Sin Informe Motivado
Las empresas IT que aplican deducciones de I+D+i sin haber obtenido el Informe Motivado del Ministerio de Ciencia son vulnerables en una inspección. El inspector puede recalificar las actividades declaradas como I+D como simples servicios de mantenimiento o desarrollo estándar, negando la deducción.
Contratos de Mantenimiento: Imputación Temporal
Los contratos de mantenimiento y soporte IT con facturación anual anticipada generan ingresos cuya imputación temporal debe gestionarse correctamente. Si la empresa ingresa el importe anual en enero pero el servicio se presta durante todo el año, debe imputar el ingreso mensualmente, no en el momento del cobro.
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