Cuando una persona fallece, su patrimonio no desaparece: se transmite a sus herederos. Y eso incluye tanto los bienes y derechos, como viviendas, dinero, acciones o créditos a favor, como las obligaciones, entre ellas préstamos, hipotecas, deudas con Hacienda, recibos impagados o avales prestados en vida.
Por eso, una de las preguntas más habituales antes de firmar nada en notaría es qué pasa si se acepta una herencia y el fallecido tenía deudas. La respuesta corta es que depende de cómo se acepte la herencia y de si se realiza, o no, un inventario correcto previo. En esta guía explicamos, de forma clara y práctica, qué ocurre con las deudas en una herencia en España, qué riesgos existen, qué opciones legales hay disponibles —aceptación pura y simple, beneficio de inventario o renuncia— y qué pasos conviene seguir para tomar una decisión informada.
¿Las deudas se heredan en España?
Sí, las deudas forman parte de la herencia. Técnicamente, la herencia está compuesta por un activo hereditario, formado por los bienes y derechos del fallecido, y un pasivo hereditario, formado por sus deudas, cargas y obligaciones. Cuando un heredero acepta la herencia, pasa a ocupar la posición jurídica del causante en muchos aspectos. En la práctica, esto significa que, si no se toman precauciones adecuadas, el heredero puede llegar a responder de esas deudas. La clave está precisamente en la modalidad de aceptación que se elija.
Tipos de deudas que pueden aparecer en una herencia
Antes de decidir, conviene conocer qué tipo de deudas resultan más frecuentes en una herencia: la hipoteca sobre una vivienda heredada, donde la deuda sigue existiendo y el banco mantiene su garantía sobre el inmueble; los préstamos personales contratados con bancos o financieras; las deudas con Hacienda, como IRPF, IVA, sanciones o recargos pendientes; las deudas con la Seguridad Social, especialmente relevantes cuando el fallecido era autónomo; los recibos impagados de comunidad de propietarios, suministros, IBI o tasas municipales; los avales y garantías que el fallecido pudiera haber prestado a terceros en vida; las deudas mercantiles, si era empresario o socio con responsabilidades asociadas; y las responsabilidades derivadas de procedimientos judiciales en curso, como litigios, reclamaciones o indemnizaciones pendientes. No todas estas deudas tienen el mismo tratamiento ni el mismo nivel de riesgo, pero todas deben analizarse cuidadosamente antes de tomar una decisión.
Qué ocurre si se acepta la herencia «a la ligera»
El principal riesgo es aceptar la herencia pura y simplemente sin conocer el pasivo real existente. Si se acepta una herencia de esta forma, en términos generales el heredero se convierte en titular de los bienes heredados, responde de las deudas del fallecido, y, lo más importante, puede llegar a responder con su propio patrimonio personal, y no solo con lo heredado. Esto no significa que siempre vaya a ocurrir, pero sí que existe ese riesgo cuando el pasivo supera al activo. Imaginemos, a modo de ejemplo, una vivienda heredada valorada en ciento veinte mil euros, con una hipoteca pendiente de noventa mil euros y un préstamo personal adicional de cincuenta mil euros: si se acepta pura y simplemente y el pasivo total supera al activo, el heredero podría verse obligado a cubrir la diferencia con su propio patrimonio.
Cómo saber si el fallecido tenía deudas
En la práctica, muchas familias no disponen de una imagen completa del patrimonio del fallecido. Por eso, antes de aceptar la herencia conviene elaborar un mapa de información lo más completo posible. Entre las comprobaciones habituales se encuentran solicitar certificados bancarios sobre posiciones, préstamos y tarjetas asociadas; obtener una nota simple registral de los inmuebles, para conocer las cargas existentes como hipotecas; revisar los recibos de comunidad y solicitar certificados de estar al corriente de pago; consultar las posibles deudas con la AEAT cuando proceda y revisar las notificaciones recibidas; comprobar la situación con la Seguridad Social si el fallecido era autónomo o tenía actividad económica; revisar contratos de préstamo y correspondencia relevante; y verificar la existencia de seguros de vida, que en ocasiones cubren total o parcialmente préstamos o hipotecas pendientes. En herencias complejas o con sospecha de pasivo oculto, suele resultar muy recomendable contar con asesoramiento profesional para no pasar por alto contingencias relevantes.
Tres opciones ante una herencia con deudas
Cuando existen deudas, o simplemente dudas sobre su existencia, normalmente hay tres caminos disponibles: aceptar la herencia pura y simplemente, aceptarla a beneficio de inventario, o renunciar a ella. A continuación se explica cada una de estas opciones con más detalle.
Aceptar la herencia pura y simplemente
Es la modalidad más común, pero no siempre la más segura. Puede tener sentido cuando el patrimonio está claro y el pasivo es bajo o inexistente, cuando existe liquidez suficiente para pagar impuestos y deudas sin dificultad, y cuando el heredero asume conscientemente el riesgo existente. Su principal riesgo es que, si aparecen deudas no conocidas en el momento de aceptar, como avales prestados en vida o sanciones pendientes, el heredero puede verse directamente afectado por ellas con su propio patrimonio.
Aceptar la herencia a beneficio de inventario
Esta es, en muchos casos, la opción más prudente cuando no se conoce con certeza el pasivo existente. Significa que el heredero acepta la herencia, pero solo responde de las deudas con los bienes de la propia herencia, quedando su patrimonio personal protegido en principio. Dicho de forma simple, se separa el patrimonio del fallecido del patrimonio del heredero. Entre sus ventajas se encuentran permitir aceptar la herencia sin asumir un riesgo ilimitado, facilitar el pago ordenado de las deudas con el propio caudal hereditario, y evitar que una herencia con problemas económicos arrastre al heredero más allá de lo recibido. Entre sus inconvenientes se encuentra que puede resultar más formalista y requerir trámites adicionales, así como alargar los plazos al exigir un inventario riguroso de bienes y deudas. Aun así, para muchos herederos constituye la vía más equilibrada cuando existe incertidumbre sobre la situación patrimonial real del fallecido.
Renunciar a la herencia
La renuncia implica que el heredero no adquiere ni bienes ni deudas de la herencia. Suele recomendarse cuando el pasivo es claramente superior al activo, cuando no existe interés real en los bienes heredados, o cuando el heredero no puede asumir los costes asociados, como impuestos, notaría o gestión, y no dispone de liquidez para afrontarlos. Conviene tener presente que la renuncia es siempre total: no es posible renunciar solo a las deudas y quedarse únicamente con los bienes, ya que la renuncia afecta a la herencia completa.
Qué pasa con la hipoteca de una vivienda heredada
La hipoteca no desaparece con el fallecimiento. Si existe una vivienda hipotecada, el banco mantiene su derecho real de garantía sobre el inmueble, y los herederos pueden optar por subrogarse en el préstamo y continuar pagándolo, por vender el inmueble y cancelar la hipoteca con el precio obtenido, o por renunciar a la herencia o aceptarla a beneficio de inventario si existen dudas relevantes sobre la situación patrimonial completa. Además, conviene revisar siempre si existe un seguro de vida vinculado a la hipoteca, ya que en ocasiones cubre total o parcialmente el capital pendiente en caso de fallecimiento del titular.
Qué pasa con deudas con Hacienda o Seguridad Social
Las deudas tributarias o con la Seguridad Social pueden resultar especialmente delicadas por los recargos e intereses que generan, por la posible existencia de procedimientos en curso, y por notificaciones que la familia puede no haber visto antes del fallecimiento. En estos casos resulta importante identificar si existen liquidaciones pendientes, revisar si hay sanciones o inspecciones abiertas, y analizar los plazos y las posibilidades de aplazamiento disponibles. Si el heredero acepta la herencia pura y simplemente, puede llegar a asumir estas obligaciones de pago sin límite; con la aceptación a beneficio de inventario, en cambio, la responsabilidad queda limitada al propio caudal hereditario.
Pasos recomendados ante la sospecha de deudas
Si se está en un proceso de herencia y existe temor a un pasivo oculto, conviene seguir un checklist básico: no firmar una aceptación pura y simple sin disponer de información mínima sobre el patrimonio del fallecido, solicitar información bancaria y revisar la correspondencia recibida, obtener notas simples de los inmuebles para conocer sus cargas, pedir certificados de deudas en la comunidad de propietarios y en los suministros, valorar seriamente el beneficio de inventario cuando exista incertidumbre relevante, calcular con antelación los costes fiscales asociados, como el Impuesto de Sucesiones y, en su caso, la plusvalía municipal, y documentar adecuadamente los acuerdos alcanzados entre herederos cuando existan varios implicados en el proceso.
Preguntas frecuentes
¿Se puede heredar solo una parte y que otro heredero asuma las deudas?
No de esa forma. La herencia se acepta o se renuncia en su conjunto. Otra cosa distinta es que, una vez aceptada, los herederos pacten internamente cómo repartir bienes y cargas entre ellos, aunque frente a los acreedores pueden existir responsabilidades según el caso concreto.
¿Qué pasa si todos los herederos renuncian?
La herencia pasa al siguiente llamado en el orden sucesorio, por ejemplo a otros descendientes, o se tramita conforme al orden legal de sucesión. En ausencia de herederos, puede llegar a corresponder finalmente al Estado.
¿Qué pasa si un heredero acepta y otro renuncia?
Es perfectamente posible. La cuota correspondiente al heredero que renuncia se redistribuye conforme a las reglas sucesorias aplicables, ya sean las previstas en el testamento o las establecidas por la ley.
Conclusión
Las deudas no deben ser un motivo para paralizar una herencia, pero sí una razón de peso para actuar con método. En España, el heredero dispone de herramientas para protegerse, especialmente mediante la aceptación a beneficio de inventario o la renuncia cuando el pasivo supera claramente al activo. En LRB Tax & Legal ayudamos a analizar herencias con préstamos, impagos o incertidumbre patrimonial, para tomar la decisión más segura con asesoramiento legal y fiscal adecuado.

