Empresa Familiar: Exención en el Patrimonio y Reducción del 95% en el ISD

Empresa Familiar: Exención en el Patrimonio y Reducción del 95% en el ISD

La empresa familiar es el instrumento de planificación fiscal más potente disponible para los grandes patrimonios empresariales españoles. La combinación de la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) permite transmitir un negocio familiar de generación en generación con una carga fiscal prácticamente nula, siempre que se cumplan los requisitos legales. Conocer y planificar el cumplimiento de esos requisitos es uno de los servicios de mayor valor añadido en el asesoramiento a empresas familiares.

Requisitos para la Exención en el Impuesto sobre el Patrimonio

Para que las participaciones en una empresa familiar estén exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio (art. 4.Ocho.Dos de la Ley del IP), deben cumplirse simultáneamente los siguientes requisitos:

  • Actividad económica: La entidad debe realizar una actividad económica, no pudiendo tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario (entidad patrimonial en los términos del art. 5.2 LIS).
  • Participación mínima: El sujeto pasivo debe poseer al menos el 5% del capital de la entidad de forma individual, o el 20% conjuntamente con su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado.
  • Funciones directivas: El sujeto pasivo, o alguno de los familiares del grupo de parentesco, debe ejercer efectivamente funciones de dirección en la entidad y percibir por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo personal. Este requisito es el más frecuentemente incumplido y el que genera más litigios con la AEAT.

Reducción del 95% en el ISD por Transmisión de Empresa Familiar

Cuando se transmiten participaciones en empresa familiar que cumplen los requisitos de la exención en el IP —ya sea por fallecimiento (herencia) o por donación en vida— los herederos o donatarios tienen derecho a aplicar una reducción del 95% sobre el valor de dichas participaciones en la base imponible del ISD. Sobre el 5% restante se aplican los tipos y bonificaciones autonómicos correspondientes. El resultado es que la transmisión de un negocio familiar puede quedar prácticamente exenta de ISD.

Para la donación en vida, la reducción del 95% requiere adicionalmente que el donante tenga 65 o más años o se encuentre en situación de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, y que con la transmisión deje de ejercer las funciones directivas y de percibir la remuneración que cumplía el requisito.

Requisito de Mantenimiento: El Riesgo de los Diez Años

El adquirente —ya sea heredero o donatario— debe mantener el valor de lo adquirido y tener derecho a la exención en el IP durante los diez años siguientes a la fecha de la transmisión. Si incumple este requisito (vende las participaciones, la empresa pierde los requisitos de actividad o dirección), debe presentar una declaración complementaria del ISD ingresando la parte de impuesto no pagada en su momento, con los intereses de demora correspondientes. Este período de mantenimiento obliga a una planificación cuidadosa de las operaciones societarias durante la década siguiente a la transmisión.

Planificación para Cumplir los Requisitos

Los requisitos de empresa familiar —especialmente el de funciones directivas y el de actividad económica— deben planificarse con antelación. La AEAT ha cuestionado en numerosas inspecciones el cumplimiento del requisito de remuneración de funciones directivas cuando el directivo percibe su retribución a través de una sociedad interpuesta o cuando la remuneración no está documentada adecuadamente en el contrato de administración. La documentación formal y sustantiva del cumplimiento de estos requisitos es esencial para la defensa ante una eventual inspección.

Planifique la Empresa Familiar con LRB Tax & Legal

En LRB Tax & Legal asesoramos a empresas familiares en la planificación del cumplimiento de los requisitos de exención en el IP y reducción en el ISD, la estructuración de la retribución de los directivos familiares y la preparación de la transmisión generacional. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o al +34 684 234 831.