Ciberseguridad: Fiscalidad de Empresas Especializadas en Seguridad Informática
Las empresas de ciberseguridad —proveedoras de servicios de auditoría de seguridad, pentesting, respuesta a incidentes, gestión de vulnerabilidades, SOC (Security Operations Center) y formación en ciberseguridad— son uno de los segmentos de mayor crecimiento del sector IT y tienen una fiscalidad que combina las características generales de las consultoras tecnológicas con particularidades propias de sus modelos de contratación y de los clientes que atienden (principalmente grandes empresas y Administraciones Públicas).
Deducciones de I+D+i en Empresas de Ciberseguridad
Las empresas de ciberseguridad que desarrollan herramientas propias —sistemas de detección de intrusiones, plataformas SIEM, motores de análisis de vulnerabilidades, sistemas de respuesta automatizada— pueden aplicar deducciones de I+D+i si el desarrollo implica un avance científico o tecnológico. El desarrollo de nuevos algoritmos de detección de amenazas, sistemas de correlación de eventos con aprendizaje automático o plataformas de threat intelligence propietarias tienen buenas posibilidades de calificar como I+D.
IVA en Servicios de Ciberseguridad
Los servicios de ciberseguridad tributan al tipo general del IVA del 21%. Los contratos con Administraciones Públicas (AAPP) están igualmente sujetos al 21% de IVA, aunque los procedimientos de pago de las AAPP pueden ser más lentos que los del sector privado, lo que genera saldos de IVA devengado pendiente de cobro que el proveedor de ciberseguridad debe gestionar en su tesorería.
Contratos con Administraciones Públicas: Particularidades Fiscales
Los contratos de ciberseguridad con AAPP (ministerios, comunidades autónomas, ayuntamientos, organismos públicos) generan algunas particularidades:
- Las AAPP no practican retención del IRPF sobre los honorarios (la retención aplica a personas físicas, no a sociedades).
- El IVA de las facturas a AAPP puede tener plazos de pago largos; la empresa debe declarar el IVA devengado aunque no haya cobrado (salvo que esté en el régimen especial del criterio de caja).
- Los contratos públicos pueden incluir penalizaciones por incumplimiento de SLA que tienen implicaciones fiscales (reducción de ingresos del ejercicio).
Formación en Ciberseguridad: IVA Exento o Sujeto
Los servicios de formación en ciberseguridad pueden estar exentos de IVA si son impartidos por centros de enseñanza reconocidos y si los cursos llevan a la obtención de títulos o certificaciones con validez oficial. Si la formación no cumple estos requisitos, tributa al tipo general del 21%.
Asesoramiento para Empresas de Ciberseguridad con LRB Tax & Legal
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