Facturas simplificadas: cuándo se pueden emitir y contenido

La factura simplificada es el documento que sustituyó a los antiguos tiques y que permite documentar determinadas operaciones con menos datos que una factura completa. Solo puede emitirse en los supuestos que fija el Reglamento de facturación: importes de hasta 400 euros, actividades de venta minorista y servicios a particulares de hasta 3.000 euros, o cuando hay que rectificar una factura. Guía actualizada a octubre de 2026.

Claves del artículo

  • Se puede emitir una factura simplificada cuando su importe no excede de 400 euros, IVA incluido.
  • En ventas al por menor, hostelería, transporte de viajeros, peluquerías y otros servicios enumerados, el límite sube a 3.000 euros, IVA incluido.
  • También procede cuando hay que expedir una factura rectificativa.
  • No cabe en entregas intracomunitarias exentas, ventas a distancia intracomunitarias y operaciones con inversión del sujeto pasivo cuando la factura la expide el destinatario.
  • Si el cliente empresario necesita deducir el IVA, puede exigir los datos adicionales: NIF, domicilio y cuota repercutida; y puede pedir el canje por una factura completa.

Cuándo se puede emitir una factura simplificada

El obligado a expedir factura puede cumplir con una factura completa o con una simplificada, pero esta última solo en los casos siguientes:

SupuestoLímite
Importe general400 euros, IVA incluido
Factura rectificativaSin límite de importe
Ventas al por menor, ambulancia, a domicilio del consumidor3.000 euros, IVA incluido
Transporte de personas y equipajes3.000 euros, IVA incluido
Hostelería y restauración, discotecas y salas de baile3.000 euros, IVA incluido
Peluquerías, institutos de belleza, tintorerías y lavanderías3.000 euros, IVA incluido
Instalaciones deportivas, aparcamiento, peajes, revelado de fotografías y alquiler de películas3.000 euros, IVA incluido
Servicios telefónicos en cabina o con tarjetas que no identifican al portador3.000 euros, IVA incluido

Además, el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT puede autorizar su uso cuando las prácticas comerciales del sector o las condiciones técnicas de expedición dificulten incluir todos los datos de la factura completa.

Matices sobre el concepto de venta al por menor y hostelería

Se consideran ventas al por menor las entregas de bienes en las que el destinatario es consumidor final y no empresario o profesional, y se excluyen los bienes que por sus características son de uso principalmente empresarial o profesional. En hostelería se incluyen bares, restaurantes y similares, pero no el alojamiento u hospedaje: un hotel que cobra reservas anticipadas debe expedir factura completa salvo que el importe no exceda de 400 euros o exista autorización de la AEAT.

Operaciones en las que no cabe

  • Entregas intracomunitarias de bienes exentas.
  • Ventas a distancia intracomunitarias de bienes que se entiendan realizadas en el territorio de aplicación del IVA, salvo si se aplica el régimen de ventanilla única de la UE.
  • Entregas o servicios realizados en el territorio del IVA por un proveedor no establecido, cuando el destinatario es sujeto pasivo y es éste quien expide la factura.

Contenido de la factura simplificada

La factura simplificada y sus copias deben contener:

1. Número y, en su caso, serie, con numeración correlativa dentro de cada serie.

2. Fecha de expedición.

3. Fecha de realización de la operación o del pago anticipado, si es distinta de la de expedición.

4. NIF, nombre y apellidos o denominación social completa de quien la expide.

5. Identificación del tipo de bienes entregados o servicios prestados.

6. Tipo impositivo aplicado y, opcionalmente, la mención «IVA incluido». Si hay varios tipos, se separa la parte de base imponible de cada uno.

7. Contraprestación total.

8. En las rectificativas, referencia clara a la factura rectificada y a lo que se modifica.

Si el destinatario es un empresario o profesional que necesita ejercer el derecho a deducir, y lo exige, deben añadirse su NIF, su domicilio y la cuota repercutida por separado. Lo mismo vale si no es empresario pero necesita los datos para ejercer cualquier derecho de naturaleza tributaria.

Puntos prácticos

  • No es obligatorio que figure la expresión «factura simplificada», aunque puede incluirse.
  • Si se emiten facturas simplificadas y completas en el mismo año natural, deben usarse series separadas.
  • Pueden usarse series distintas por establecimiento, por operaciones de distinta naturaleza o para las facturas expedidas por el destinatario o por terceros.
  • La AEAT puede exigir menciones adicionales, nunca más que las de la factura completa, o autorizar que se omitan ciertas menciones.

Canje por factura completa

El cliente empresario o profesional que necesite una factura completa puede solicitar el canje de la simplificada. La factura resultante debe referirse en todos sus términos a la simplificada canjeada, incluida su fecha de expedición, y reunir los datos de una factura completa. El plazo para expedirla en el canje es de cuatro años desde que se devengó el IVA de la operación.

Ejemplo numérico ilustrativo

Una peluquería cobra un servicio de 120 euros con IVA incluido al 21 %. Puede expedir una factura simplificada con la identificación del servicio, el tipo del 21 % y el total de 120 euros. Si el cliente fuera una empresa que necesita deducir la cuota, ésta sería de 20,83 euros sobre una base de 99,17 euros, y habrá que añadir su NIF, domicilio y la cuota desglosada o canjear la simplificada por una factura completa (cifras ilustrativas).

Lista de comprobación

  • Verificar que el importe, IVA incluido, no supera 400 euros o 3.000 euros según la actividad.
  • Comprobar que la operación no está entre las excluidas.
  • Incluir todos los datos obligatorios y la numeración correlativa.
  • Separar series si se emiten simplificadas y completas en el mismo año.
  • Pedir al cliente empresario si necesita NIF, domicilio y cuota.
  • Conservar copia y registro de las facturas durante el plazo legal.

Errores frecuentes y riesgos en inspecciones

  • Emitir facturas simplificadas por encima del límite que corresponde a la actividad.
  • Usar tiques sin los datos obligatorios, como el tipo impositivo.
  • No identificar al destinatario cuando la operación es con un empresario que quiere deducir el IVA.
  • Mezclar la numeración de simplificadas y completas en una misma serie.
  • Documentar con factura simplificada alojamiento u hospedaje con importes superiores a 400 euros.
  • Rechazar un canje solicitado dentro del plazo de cuatro años.

Un incumplimiento de las obligaciones de facturación puede dar lugar a sanciones y, en una inspección, a la pérdida de la deducción del IVA soportado por el cliente. Para prevenirlo, resulta útil el apoyo en defensa en comprobaciones e inspecciones tributarias, y para dictaminar operaciones singulares, un informe de ValiTax.

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué importe puedo emitir una factura simplificada?

Hasta 400 euros, IVA incluido, con carácter general. En ventas al por menor, hostelería, transporte de viajeros, peluquerías y otros servicios enumerados en el Reglamento, el límite es de 3.000 euros, IVA incluido.

¿Qué datos debe tener una factura simplificada?

Número y serie, fecha de expedición, fecha de la operación si es distinta, NIF y nombre o denominación del emisor, tipo de bienes o servicios, tipo impositivo, contraprestación total y, si procede, los datos del destinatario que exige para deducir.

¿Un cliente empresario puede pedirme una factura completa tras recibir un tique?

Sí. Puede solicitar el canje de la simplificada por una factura completa, que debe referirse a la simplificada, mantener su fecha de expedición y contener todos los datos exigibles. El plazo es de cuatro años desde el devengo.

¿Se puede emitir factura simplificada por servicios de alojamiento?

Solo si el importe no excede de 400 euros, IVA incluido, o si existe autorización de la AEAT. El alojamiento no se incluye entre los servicios de hostelería con límite de 3.000 euros.

¿Necesita asesoramiento?

Si necesita asesoramiento tributario o apoyo en comprobaciones e inspecciones fiscales sobre facturas simplificadas, consulte con LRB Tax & Legal. Y si precisa un análisis o informe pericial sobre la aplicación de la norma o de cualquier beneficio fiscal, puede solicitarlo a ValiTax Informes Periciales.