Servicio · Procedimientos tributarios
Recursos tributarios de todo tipo frente a liquidaciones, sanciones y resoluciones de Hacienda
Interponemos recursos tributarios de todo tipo frente a liquidaciones, sanciones, apremios y derivaciones de responsabilidad, con suspensión de la deuda y prueba pericial cuando el caso lo requiere.

+20
años asesorando empresas
España
servicio nacional desde Madrid y Palma de Mallorca
48 h
para responder a tu consulta con una propuesta
1 mes
de plazo para recurrir una liquidación o una sanción
Una liquidación de Hacienda no es definitiva
Reposición, reclamaciones ante el TEAR y el TEAC, contencioso-administrativo, casación y procedimientos especiales de revisión.
Una liquidación o una sanción de Hacienda no es definitiva: puede recurrirse, y con frecuencia se anula. En LRB Tax & Legal interponemos recursos tributarios de todo tipo, desde el recurso de reposición y las reclamaciones económico-administrativas ante los Tribunales Económico-Administrativos Regionales y Central hasta el recurso contencioso-administrativo, los recursos extraordinarios y los procedimientos especiales de revisión, solicitando la suspensión de la deuda y aportando la prueba pericial que cada caso requiere.

Qué incluye el servicio
01
Recurso de reposición
Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes. Es obligatorio en los tributos locales de la mayoría de los municipios y útil cuando el error es evidente. Lo utilizamos cuando aporta ventajas y lo omitimos cuando solo retrasa la solución.
02
Reclamaciones ante TEAR y TEAC
Reclamación económico-administrativa ante el TEAR o el TEAC en el plazo de un mes, con procedimiento abreviado o general, alegaciones tras la puesta de manifiesto del expediente, recurso de alzada y recurso extraordinario de alzada para unificación de criterio. Es una vía gratuita, previa y obligatoria al contencioso, en la que se anula una parte muy significativa de las liquidaciones.
03
Recurso contencioso
Recurso contencioso-administrativo ante los Tribunales Superiores de Justicia y la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde la resolución económico-administrativa, y recurso de casación ante el Tribunal Supremo cuando existe interés casacional. Nuestros abogados litigan la cuestión tributaria con el respaldo técnico de los economistas del despacho.
04
Suspensión y prueba pericial
Solicitud de suspensión de la deuda con aval, seguro de caución u otras garantías, suspensión automática de las sanciones y suspensión sin garantía cuando existe error material o perjuicio de imposible reparación. Aportamos informes periciales visados a través de ValiTax cuando la prueba de los hechos es determinante.
Cómo te ayudamos en LRB Tax & Legal
Además de los recursos ordinarios, tramitamos recursos extraordinarios de revisión, procedimientos de declaración de nulidad de pleno derecho, revocación, rectificación de errores y reclamaciones de responsabilidad patrimonial del Estado por normas declaradas inconstitucionales o contrarias al Derecho de la Unión Europea. Recurrimos liquidaciones de la AEAT, de las Haciendas autonómicas y de los ayuntamientos, sanciones, providencias de apremio, derivaciones de responsabilidad a administradores y socios, denegaciones de devolución y de aplazamiento, y resoluciones sobre valoraciones. Antes de recurrir, decimos al cliente con franqueza qué posibilidades tiene y qué coste supone cada instancia.
Cómo trabajamos
01
Valoración franca
Te decimos qué posibilidades tiene el recurso y qué cuesta cada instancia antes de empezar.
02
Recurso y suspensión
Redactamos el recurso o la reclamación y solicitamos la suspensión de la deuda con la garantía menos costosa.
03
Instancias sucesivas
Alzada, contencioso-administrativo y casación cuando existe interés casacional; ejecución de la resolución favorable.
Servicios relacionados con los recursos tributarios
El recurso es la última fase del procedimiento tributario; la defensa empieza antes, en la inspección, en la devolución o en la rectificación. Estos servicios completan el nuestro.
Inspecciones tributarias
Defensa desde el inicio de la comprobación o inspección, que es donde se construye la prueba del recurso posterior.
Informes periciales
Informes jurídicos y tributarios visados pericialmente para aportar como prueba ante el TEAR, el TEAC y los tribunales.
Rectificar declaraciones
Rectificación de autoliquidaciones y devolución de ingresos indebidos, la vía previa a muchos recursos.
Defensa frente a Hacienda
Vuelve al índice del área de procedimientos tributarios y defensa frente a Hacienda.
Preguntas frecuentes sobre los recursos tributarios
¿Qué plazo tengo para recurrir una liquidación de Hacienda?
Un mes desde el día siguiente a la notificación, tanto para el recurso de reposición como para la reclamación económico-administrativa. Para el recurso contencioso-administrativo, dos meses desde la notificación de la resolución del tribunal económico-administrativo. Los plazos se cuentan de fecha a fecha y no admiten prórroga.
¿Es mejor el recurso de reposición o la reclamación económico-administrativa?
La reposición la resuelve el mismo órgano que dictó el acto y rara vez cambia de criterio, salvo en errores evidentes. La reclamación la resuelve un tribunal independiente dentro de la Administración, con mejores resultados. Normalmente acudimos directamente a la reclamación, salvo en tributos locales donde la reposición es obligatoria.
¿Cuánto cuesta recurrir?
La vía administrativa (reposición y reclamación económico-administrativa) no tiene tasas; el coste son los honorarios y, en su caso, la garantía para suspender la deuda. En la vía contenciosa hay costas si se pierde, aunque normalmente limitadas. Presupuestamos cada instancia por separado y solo recomendamos seguir cuando hay posibilidades reales.
¿Puedo evitar pagar mientras se resuelve el recurso?
Sí, solicitando la suspensión con garantía (aval bancario, seguro de caución, hipoteca) o sin garantía si el acto contiene un error material o la ejecución causaría perjuicios de difícil reparación. Las sanciones se suspenden automáticamente en vía administrativa sin necesidad de garantía.
¿Qué ocurre si gano el recurso?
La liquidación se anula total o parcialmente y Hacienda debe devolver lo ingresado con intereses de demora, así como el coste de las garantías aportadas para la suspensión. En algunos casos la Administración puede dictar una nueva liquidación corrigiendo el defecto, salvo que la anulación sea por razones de fondo o haya prescrito su derecho.
¿Quieres recurrir una liquidación o una sanción?
Envíanos la resolución con la fecha de notificación: el plazo corre y en 24 horas te decimos si merece la pena recurrir.
