Cambios recientes en el régimen de módulos: novedades y prórroga de límites para 2026

El régimen de módulos o estimación objetiva está sujeto cada año a una revisión normativa que determina, fundamentalmente, si se mantienen los límites de facturación que permiten seguir tributando por este sistema. En esta guía repasamos la situación normativa para el ejercicio 2026, que ha estado marcada por una notable incertidumbre en torno a la prórroga de esos límites, y explicamos qué implica todo ello para autónomos y pymes que tributan en este régimen.

La estructura del régimen se mantiene igual para 2026

La Orden Ministerial que desarrolla el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado de IVA para 2026 mantiene, en líneas generales, la misma estructura que en el ejercicio anterior: las mismas actividades incluidas, los mismos índices y módulos aplicables, y las mismas instrucciones de aplicación que ya existían en 2025. La principal novedad de esta Orden, de hecho, ha sido precisamente la ausencia de cambios sustanciales en su contenido técnico.

El verdadero foco de incertidumbre: la prórroga de los límites de exclusión

Donde sí ha existido una notable incertidumbre durante el arranque de 2026 ha sido en torno a la prórroga de los límites de facturación que determinan la permanencia o exclusión del régimen. Estos límites, vigentes desde 2016, requieren cada año una norma con rango de ley que los renueve expresamente, ya que de no aprobarse esa prórroga, los límites caerían automáticamente a cifras muy inferiores a las actuales. Inicialmente, el Gobierno aprobó esta prórroga mediante un Real Decreto-ley a finales de diciembre de 2025, pero el Congreso de los Diputados no llegó a convalidar ese tipo de normas en sucesivas ocasiones a lo largo del arranque de 2026, generando una situación de incertidumbre real para cientos de miles de autónomos que tributan por este sistema.

Ante esta situación, el Ministerio de Hacienda optó por aprobar un nuevo Real Decreto-ley en febrero de 2026 que prorroga los límites para la estimación objetiva del IRPF y los regímenes simplificado y especial de agricultura, ganadería y pesca del IVA, y posteriormente, ante la falta de convalidación parlamentaria de estas normas, recurrió a una solución administrativa mediante una nota técnica informativa de la propia Agencia Tributaria, confirmando que los límites ampliados, vigentes al inicio del ejercicio, resultan aplicables durante todo el periodo impositivo 2026.

Qué límites se mantienen finalmente para 2026

El resultado práctico de todo este proceso es que los límites de exclusión del régimen de módulos para 2026 se mantienen en los mismos importes que venían aplicándose en los últimos ejercicios: doscientos cincuenta mil euros anuales de volumen de ingresos para el conjunto de actividades económicas con carácter general, y ciento veinticinco mil euros anuales para quienes facturan principalmente a otras empresas y profesionales obligados a expedir factura. Esta confirmación ha resultado especialmente relevante para sectores como el transporte, la construcción o la hostelería, donde un número muy elevado de autónomos tributa por este sistema y se habría visto obligado a pasar a estimación directa de no mantenerse estos umbrales ampliados.

Por qué este proceso se repite cada año

Esta situación de incertidumbre anual no es nueva: desde 2016, los límites ampliados del régimen de módulos requieren una prórroga legislativa expresa cada ejercicio, lo que genera, año tras año, un periodo de incertidumbre para los autónomos afectados hasta que se confirma definitivamente su mantenimiento. Distintas asociaciones de autónomos y transportistas han reclamado en repetidas ocasiones un marco fiscal más estable que evite esta incertidumbre recurrente, pero por el momento el mecanismo de prórroga anual sigue siendo la fórmula empleada por el Gobierno.

Qué deben hacer los autónomos y pymes afectados

Para quienes tributan en el régimen de módulos, la recomendación práctica es revisar cada año, al inicio del ejercicio, si se ha confirmado la prórroga de los límites aplicables, y no dar por hecho automáticamente su mantenimiento hasta que exista una confirmación oficial clara, ya sea mediante ley, Real Decreto-ley convalidado, u otra vía administrativa equivalente. Además, conviene seguir vigilando la propia facturación y el volumen de compras a lo largo del año, ya que superar los límites aplicables en cualquier momento obliga al cambio de régimen, con independencia de cuál haya sido la situación normativa en otros ejercicios anteriores.

Preguntas frecuentes

¿Cómo afectan estos cambios a mi negocio?

Si la actividad se mantiene dentro de los límites de facturación confirmados para 2026, el negocio puede seguir tributando por módulos con normalidad. El riesgo principal surge si la facturación se acerca a esos límites, ya que conviene seguir de cerca la evolución normativa por si en algún momento no se confirmara la prórroga correspondiente.

¿Debo adaptar mi contabilidad o gestión fiscal?

Mientras se permanezca dentro del régimen de módulos, no es necesario adaptar la contabilidad a un sistema más complejo. Sin embargo, conviene mantener actualizado el control de los parámetros relevantes y de la facturación, para poder reaccionar con rapidez si en algún momento resultara necesario pasar a estimación directa.

¿Hay nuevas sanciones o penalizaciones para 2026?

La Orden Ministerial de 2026 no introduce un nuevo régimen sancionador específico; las consecuencias del incumplimiento siguen siendo las generales aplicables a cualquier contribuyente que no cumpla correctamente con sus obligaciones fiscales, como recargos por presentación extemporánea o sanciones en caso de requerimiento previo de la Administración.

Conclusión

El ejercicio 2026 confirma, tras un periodo de incertidumbre normativa, el mantenimiento de los límites ampliados del régimen de módulos, pero también pone de manifiesto la fragilidad de un mecanismo que depende de una prórroga legislativa anual. En LRB Tax & Legal ayudamos a autónomos y pymes a seguir de cerca estas novedades normativas y a adaptarse con seguridad a cualquier cambio que pueda afectar a su tributación.