Seguros de Mascotas y Clínicas Veterinarias: Facturación y Fiscalidad

Seguros de Mascotas y Clínicas Veterinarias: Facturación y Fiscalidad

El mercado de seguros de mascotas en España ha crecido exponencialmente en los últimos años, y con él la relación entre las clínicas veterinarias y las compañías aseguradoras. Esta relación genera obligaciones fiscales específicas tanto para la clínica como para el asegurador, y es uno de los focos de atención de la AEAT para verificar la coherencia entre los pagos de las aseguradoras y los ingresos declarados por las clínicas.

Mecánica de Facturación entre Clínica y Aseguradora

Existen dos modelos habituales de relación entre la clínica veterinaria concertada y la aseguradora:

  • Modelo de pago directo: El propietario lleva al animal a la clínica, la clínica atiende al animal y factura directamente a la aseguradora el importe cubierto por la póliza. La clínica repercute IVA al 21% sobre los servicios y al 10% sobre los medicamentos. La aseguradora no practica retención del IRPF sobre los pagos (son pagos por servicios prestados a un empresario, no rendimientos profesionales sujetos a retención).
  • Modelo de reembolso: El propietario paga a la clínica y luego la aseguradora le reembolsa. En este caso, la clínica factura al propietario y la aseguradora no tiene relación directa con la clínica a efectos fiscales.

Modelo 347 y Riesgo de Discrepancias

Las aseguradoras declaran en el modelo 347 los pagos anuales realizados a las clínicas concertadas que superen los 1.500 euros. Si el importe declarado por la aseguradora no coincide con los ingresos declarados por la clínica, se genera una discrepancia que puede derivar en un requerimiento de la AEAT. La conciliación anual de los cobros de aseguradoras con los ingresos declarados es una práctica preventiva esencial.

IVA en las Facturas a Aseguradoras

La clínica factura a la aseguradora con IVA al 21% sobre los servicios clínicos y al 10% sobre los medicamentos. La aseguradora deduce el IVA soportado si realiza operaciones que generan el derecho a deducción. La correcta separación de tipos en las facturas a aseguradoras es fundamental.

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