Régimen Económico Fiscal de Canarias en el IS: RIC, ZEC y Deducciones Incrementadas
El Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF) es uno de los marcos tributarios más favorables de España para las empresas. Reconocido constitucionalmente y ratificado como régimen de ayudas de Estado por la Unión Europea, el REF Canario incorpora en el Impuesto sobre Sociedades tres instrumentos de gran potencia fiscal: la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), la Zona Especial Canaria (ZEC) y las deducciones por inversiones con porcentajes y límites incrementados. La campaña del IS 2025 incorpora novedades relevantes en todos ellos.
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
Regulada en el artículo 27 de la Ley 19/1994 del REF Canario, la RIC permite reducir la base imponible del IS en el importe de los beneficios obtenidos de establecimientos situados en Canarias que se destinen a dotar la reserva, con el compromiso de materializarla en determinadas inversiones productivas en el archipiélago.
- Límite de la reducción: hasta el 90% de la parte de base imponible no distribuida correspondiente a establecimientos en Canarias.
- Plazo de materialización: 3 años desde la dotación.
- Plazo de mantenimiento de la inversión: 5 años (bienes no amortizables) o vida útil del activo.
Inversiones Admitidas para la RIC
- Activos fijos materiales o intangibles nuevos afectos a actividades económicas en Canarias.
- Creación de puestos de trabajo relacionados con las inversiones realizadas.
- Suscripción de acciones o participaciones en el capital de entidades que desarrollen actividades en Canarias.
- Activos de los sectores energético, medioambiental, tecnológico e infraestructuras.
Inversiones Anticipadas en la RIC
La RIC admite inversiones anticipadas: es posible materializar inversiones realizadas en el año natural anterior al de dotación o en el propio ejercicio, con independencia de que la reserva todavía no se haya dotado contablemente. Esta flexibilidad permite planificar la inversión con mayor libertad.
La Zona Especial Canaria (ZEC)
La ZEC es un área de baja fiscalidad dentro del territorio aduanero comunitario. Las entidades inscritas en la ZEC tributan al tipo reducido del 4% en el IS sobre la base imponible correspondiente a operaciones realizadas con no residentes en el ámbito de la ZEC. Para acceder, las entidades deben crear al menos un mínimo de empleos y realizar una inversión mínima en Canarias, cumpliendo los requisitos establecidos en la Ley 19/1994.
Deducciones Incrementadas por Inversiones en Canarias
Las deducciones por actividades económicas (I+D+i, producciones audiovisuales, inversiones en activos fijos) tienen en Canarias porcentajes y límites más elevados que en el régimen general:
- El límite conjunto de las deducciones para incentivar determinadas actividades se eleva del 25% al 50% de la cuota íntegra ajustada.
- Los porcentajes de deducción se incrementan en un 80% respecto a los generales (con un incremento mínimo de 20 puntos porcentuales).
Bonificación por Producción de Bienes Corporales en Canarias
Las empresas que produzcan bienes corporales en Canarias y los vendan fuera del archipiélago pueden aplicar una bonificación del 50% de la cuota íntegra correspondiente a los rendimientos derivados de dicha venta. Esta bonificación compensa el sobrecoste inherente a la producción en territorio insular y es especialmente relevante para el sector industrial y agroalimentario canario.
Novedades REF Canario en el IS 2025
La campaña IS 2025 incorpora modificaciones en el ámbito de la RIC y la ZEC que amplían el universo de inversiones admitidas, flexibilizan determinados requisitos de mantenimiento y alinean el régimen con los objetivos de transformación digital y transición ecológica, permitiendo inversiones en activos digitales, infraestructuras de datos y energías renovables.
LRB Tax & Legal: Asesoramiento en el REF Canario
En LRB Tax & Legal asesoramos a empresas en la planificación y aplicación de la RIC, la solicitud de acceso a la ZEC y la optimización de las deducciones incrementadas disponibles en Canarias.
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Conclusión
El REF Canario sigue siendo uno de los marcos fiscales más favorables de España. La RIC, la ZEC y las deducciones incrementadas, correctamente planificadas, pueden suponer un ahorro fiscal muy significativo para empresas con actividad en las Islas Canarias. La clave está en la planificación anticipada y el correcto cumplimiento de los requisitos de inversión y mantenimiento. ¿Tu empresa opera en Canarias? Escríbenos a Contacto@LRB.es.

