IRPF del Deportista Profesional: Tributación, Retenciones y Reducción del 30%

IRPF del Deportista Profesional: Tributación, Retenciones y Reducción del 30%

El deportista profesional que está vinculado a un club o entidad deportiva mediante la relación laboral especial regulada por el Real Decreto 1006/1985 percibe rendimientos del trabajo cuya tributación presenta características específicas que deben conocerse en detalle: la correcta aplicación de la retención, la posibilidad de aplicar la reducción del 30% sobre los rendimientos irregulares y la gestión de los ingresos procedentes de contratos en el extranjero cuando el deportista participa en competiciones internacionales.

Relación Laboral Especial del Deportista Profesional

El Real Decreto 1006/1985 regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, que se caracteriza por la voluntariedad, la remuneración, la dependencia de un club y la dedicación a la práctica deportiva dentro del ámbito de organización del club. Esta relación laboral genera rendimientos del trabajo en el IRPF, con retención practicada por el club empleador.

La Reducción del 30% para Deportistas: Ingresos Plurianuales

El IRPF permite aplicar una reducción del 30% sobre los rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo o cuyo período de generación sea superior a dos años, cuando se imputan en un único período impositivo (artículo 18.2 LIRPF). Para el deportista profesional, los supuestos más habituales de aplicación de esta reducción son:

  • Las primas de fichaje que se perciben en un único año pero que retribuyen el compromiso del deportista durante varios años de contrato.
  • Las indemnizaciones por rescisión de contrato cuando tienen por objeto compensar el tiempo que restaba del contrato.
  • Las primas por objetivos plurianuales (ganar un campeonato que requirió varios años de trabajo conjunto).

La reducción del 30% tiene el límite de 300.000 euros sobre los que se aplica, y no se aplica cuando el contribuyente hubiera obtenido rendimientos con período de generación superior a dos años en los cinco períodos impositivos anteriores.

Retención del IRPF sobre el Salario del Deportista

El club deportivo calcula la retención del IRPF aplicable a cada deportista conforme al procedimiento general de retenciones sobre rendimientos del trabajo. Dado que los salarios de los deportistas de élite son elevados, sus tipos de retención habituales se sitúan en los tramos altos de la escala (40–47%). El deportista puede solicitar al club que modifique el tipo de retención si su situación personal (descendientes a cargo, hipoteca, etc.) justifica un tipo inferior.

Ingresos de Competiciones Internacionales y Exención del 7.p

El deportista que compite en el extranjero bajo contrato con un club español puede aplicar la exención del artículo 7.p LIRPF sobre los rendimientos obtenidos en el extranjero, con el límite de 60.100 euros, si los trabajos se realizan efectivamente fuera de España para una entidad no residente.

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