Informe Pericial para Acreditar los Requisitos de la Empresa Familiar en el ISD e IP

Informe Pericial para Acreditar los Requisitos de la Empresa Familiar en el ISD e IP

La transmisión de empresas familiares mediante herencia o donación puede beneficiarse de una reducción del 95% sobre el valor de las participaciones en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 20.2.c) y 20.6 de la Ley 29/1987 y en el artículo 4.Ocho de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Estos requisitos son técnicamente complejos y su acreditación ante la Administración tributaria no siempre resulta sencilla.

El informe pericial tributario sobre empresa familiar es el instrumento técnico más adecuado para documentar el cumplimiento de esos requisitos, defender la reducción ante una comprobación de la Administración y evitar que el incumplimiento formal de algún extremo derive en una regularización y, eventualmente, en una sanción tributaria.

Requisitos de la Exención de Empresa Familiar en el IP

El primer escalón del beneficio fiscal de empresa familiar es la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio (art. 4.Ocho LIP), que constituye un prerequisito para aplicar la reducción en el ISD. La exención requiere acreditar:

1. Actividad económica real. La entidad debe realizar una actividad económica genuina; no pueden ser sociedades cuyo activo esté mayoritariamente formado por bienes no afectos a la actividad (sociedades patrimoniales, de cartera o de mera tenencia de bienes). La determinación de si una sociedad realiza o no actividad económica es con frecuencia una cuestión de hecho que requiere análisis técnico detallado.

2. Grupo de control. Las participaciones deben otorgar a su titular, solo o conjuntamente con su cónyuge, ascendientes, descendientes o colaterales de segundo grado, un porcentaje de participación igual o superior al 5% (individual) o al 20% (conjunto familiar).

3. Funciones de dirección remuneradas. El titular de las participaciones —o al menos uno de los miembros del grupo familiar de control— debe ejercer efectivamente funciones de dirección en la entidad y percibir por ello una remuneración que represente más del 50% de la totalidad de sus rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

La Controversia sobre la «Actividad Económica Real» y el Activo Afecto

La delimitación de lo que constituye «actividad económica real» a efectos de la exención de empresa familiar es una de las cuestiones más debatidas en la práctica tributaria. La Administración tiende a negar la exención cuando una proporción significativa del activo de la sociedad no está afecta a la actividad (inmuebles no arrendados, activos financieros no necesarios para la actividad, tesorería excedentaria, etc.).

Esta posición administrativa ha sido matizada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha reconocido que la mera tenencia de activos no operativos no implica necesariamente que la entidad carezca de actividad económica real, siempre que su núcleo de actividad sea genuinamente empresarial. El informe pericial tiene aquí un papel crucial: analizar la composición del activo, identificar los elementos afectos y no afectos, y argumentar con base en los criterios jurisprudenciales vigentes la procedencia de la exención.

Informe Pericial en el ISD: Documentar el Cumplimiento de Requisitos en la Transmisión

Cuando la empresa familiar se transmite por herencia o donación, la reducción del 95% en el ISD está condicionada a que se mantengan, además de los requisitos de la exención en el IP, las siguientes condiciones:

  • Que los adquirentes sean cónyuge, descendientes o adoptados del transmitente (o ascendientes o colaterales hasta el tercer grado, en ausencia de descendientes).
  • Que los adquirentes mantengan los bienes adquiridos durante al menos diez años (o el plazo que establezca la normativa autonómica aplicable).
  • Que, durante dicho plazo de mantenimiento, no se realicen actos de disposición o de operaciones societarias que minoren sustancialmente el valor de la adquisición.

La acreditación del cumplimiento de estas condiciones —especialmente cuando la Administración autonómica inicia una comprobación del ISD años después de la transmisión— requiere un análisis técnico minucioso de la historia societaria, los cambios en el accionariado, las operaciones de reestructuración realizadas y la evolución del activo de la entidad. El informe pericial proporciona ese análisis de forma sistemática y documentada.

El Informe Pericial para Excluir Sanciones en Empresa Familiar

Las regularizaciones en materia de empresa familiar —que pueden suponer la eliminación de reducciones del 95% sobre bases imponibles millonarias— van con frecuencia acompañadas de propuestas de sanción. Sin embargo, la complejidad técnica y jurídica de los requisitos de la exención y de la reducción hace que, en muchos casos, la posición del contribuyente sea perfectamente defendible bajo el paraguas del artículo 179.2 LGT: la interpretación razonable de la norma.

Un informe pericial tributario que argumente con rigor la razonabilidad de la calificación adoptada —apoyándose en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, los Tribunales Superiores de Justicia y las resoluciones del TEAC— es la prueba más sólida para impugnar la sanción o lograr su anulación en vía de revisión.

¿La Administración ha cuestionado la reducción de empresa familiar aplicada en una herencia o donación? Contacte con nuestro equipo en Contacto@LRB.es.

LRB Tax & Legal: Especialistas en Empresa Familiar y Pericial Tributaria

En LRB Tax & Legal combinamos nuestra experiencia en asesoramiento de empresa familiar con la práctica pericial tributaria. Elaboramos informes periciales que acreditan con rigor el cumplimiento de los requisitos de la exención y la reducción, tanto en fase preventiva como en procedimientos de comprobación e impugnación.

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