DAC7: Obligaciones de Información de Plataformas Digitales e Impacto en VTCs

DAC7: Obligaciones de Información de las Plataformas Digitales y su Impacto en VTCs

La Directiva 2021/514/UE del Consejo, conocida como DAC7, ha introducido en el ordenamiento tributario europeo una obligación de reporte automático de información que afecta directamente a los conductores VTC, repartidores, arrendadores de viviendas turísticas y cualquier persona que obtenga ingresos a través de plataformas digitales. Desde el 1 de enero de 2023, las plataformas digitales deben recopilar, verificar y transmitir automáticamente a las autoridades fiscales información sobre los ingresos de sus usuarios. Esta normativa ha cambiado radicalmente el entorno de cumplimiento fiscal para el conductor VTC y supone que la AEAT dispone de información detallada de cada conductor antes incluso de que éste presente su declaración del IRPF.

¿Qué Información Reportan las Plataformas a la AEAT?

Las plataformas VTC (Uber, Cabify, Bolt) deben reportar anualmente a la AEAT la siguiente información sobre cada conductor que haya obtenido ingresos en España:

  • Nombre y apellidos del conductor.
  • NIF (Número de Identificación Fiscal).
  • Dirección de residencia.
  • Número de viajes realizados en el período.
  • Importe total de los ingresos brutos obtenidos antes de comisiones.
  • Comisiones y tasas deducidas por la plataforma.
  • Importe neto transferido al conductor.

Esta información se transmite directamente a la AEAT en el primer trimestre del año siguiente al período declarado, y la AEAT la cruza automáticamente con las declaraciones de IRPF presentadas por los conductores.

Consecuencias para el Conductor VTC que No Declara Correctamente

Antes de DAC7, algunos conductores podían infradeclarar sus ingresos con cierta impunidad si no conservaban registros completos de sus viajes. Tras DAC7, la AEAT dispone de los datos exactos de ingresos de cada conductor directamente de la plataforma. Las consecuencias de declarar menos ingresos de los reportados por la plataforma son:

  • Requerimiento automático de la AEAT solicitando explicación de la discrepancia.
  • Liquidación provisional incrementando los ingresos hasta el nivel reportado por la plataforma, con cuota del IRPF, intereses de demora y posible sanción.
  • Si la AEAT considera que hubo ocultación, puede iniciar un procedimiento de inspección de carácter general que examine todos los ejercicios no prescritos.

Conciliación de los Datos de la Plataforma con la Declaración

Una buena práctica que recomendamos a todos nuestros clientes conductores VTC es realizar una conciliación anual de los datos que la plataforma les ha reportado (disponibles en el panel del conductor) con sus propios registros de ingresos antes de presentar la declaración del IRPF. Si existen diferencias justificadas (propinas no registradas, diferencias de criterio temporal), deben documentarse adecuadamente para poder explicarlas a la AEAT si fuera necesario.

DAC7 y los Arrendadores de Viviendas Turísticas

DAC7 también afecta a los arrendadores de viviendas turísticas que operan a través de Airbnb, Booking o similares. Las plataformas reportan a la AEAT los ingresos obtenidos por cada propietario, con las mismas consecuencias que para los conductores VTC en caso de declaración incorrecta.

Cumpla con DAC7 con el Apoyo de LRB Tax & Legal

En LRB Tax & Legal ayudamos a conductores VTC y arrendadores de plataformas digitales a conciliar sus ingresos con los datos reportados por las plataformas y a presentar declaraciones correctas que eviten requerimientos de la AEAT. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o al +34 684 234 831.