Consulta DGT V1033-23: RIB y activos medioambientales — inversión verde con incentivo fiscal en Baleares

La RIB y los activos medioambientales: inversión verde con incentivo fiscal

Uno de los aspectos más singulares y menos conocidos de la Reserva para Inversiones en las Illes Balears (RIB) es su apertura a la inversión en activos vinculados a la protección del medio ambiente. La Disposición Adicional 70ª de la LPGE 2023, en su apartado Cuatro, letra B, contempla expresamente como inversión apta para la materialización de la RIB la adquisición de elementos patrimoniales que contribuyan a la mejora y protección del medio ambiente en el territorio de las Illes Balears. La consulta vinculante V1033-23 de la DGT aborda el alcance y los requisitos de esta modalidad de materialización medioambiental, especialmente relevante para un archipiélago cuya economía depende en gran medida de la preservación de su entorno natural.

Fundamento normativo: la letra B de la DA 70ª

La letra B del apartado Cuatro de la DA 70ª de la LPGE 2023, y el artículo 8 del RRFIB, regulan la materialización de la RIB en activos medioambientales. A diferencia de la letra A (inmovilizado material e intangible en general), la letra B exige que los activos adquiridos contribuyan de manera directa y efectiva a la mejora o protección del medio ambiente en las islas. Esto abarca:

  • Instalaciones de depuración y tratamiento de aguas residuales.
  • Equipos de reducción de emisiones atmosféricas (filtros, catalizadores, sistemas de captación de gases).
  • Instalaciones de energías renovables (solar fotovoltaica, solar térmica, eólica) cuando se destinan a la actividad empresarial y se ubican en Baleares.
  • Sistemas de gestión y reciclaje de residuos industriales.
  • Vehículos eléctricos o de bajas emisiones afectos a la actividad económica.
  • Mejoras en la eficiencia energética de instalaciones productivas.

Requisito de certificación medioambiental

La consulta V1033-23 destaca un requisito especial aplicable a los activos medioambientales: la inversión debe estar convalidada por el órgano competente en materia medioambiental de la Administración de las Illes Balears. La certificación de convalidación debe emitirse antes de que finalice el plazo reglamentario de presentación de la última autoliquidación en la que el contribuyente puede materializar la reserva. Si no se obtiene la certificación en plazo, la materialización se considera incumplida y procede la regularización.

Este requisito adicional de certificación distingue la letra B de la letra A, y hace que la planificación de las inversiones medioambientales deba coordinarse con los tiempos administrativos de la consejería competente de las islas.

Compatibilidad con otras ayudas e incentivos verdes

Las inversiones medioambientales pueden beneficiarse simultáneamente de la RIB y de otras ayudas o subvenciones públicas, siempre que no se superen los límites de acumulación de ayudas establecidos por la normativa europea de minimis (Reglamento UE 1407/2013 y sus modificaciones). El artículo 28 del RRFIB desarrolla las reglas de acumulación y establece el procedimiento de seguimiento y control para garantizar el cumplimiento de los límites comunitarios.

Aplicación práctica en el sector hotelero balear

El sector hotelero —pilar de la economía balear— es uno de los principales beneficiarios de esta modalidad de materialización. Las instalaciones de energía solar en cubiertas de hoteles, los sistemas de reutilización de agua, los equipos de climatización de alta eficiencia o las calderas de biomasa son activos que pueden materializarse en la RIB si contribuyen a la mejora medioambiental y cuentan con la certificación de la administración autonómica balear.

Combinada con las posibles ayudas de los fondos europeos NextGenerationEU para la transición energética, la RIB medioambiental ofrece a los hoteles baleares un marco de incentivos muy potente para acometer su modernización sostenible.

Plazos: los tres años aplican también a los activos verdes

El plazo máximo de materialización de tres años desde el devengo del impuesto en que se dotó la RIB se aplica igualmente a los activos medioambientales. La materialización se produce cuando el activo entra en funcionamiento, no cuando se encarga o se paga. Para las instalaciones complejas —como plantas fotovoltaicas o sistemas de tratamiento de aguas—, es importante planificar los tiempos de instalación y puesta en marcha para no incumplir el plazo de tres años.

Mantenimiento: cinco años también para los activos verdes

Al igual que el resto de activos materializados en la RIB, los activos medioambientales deben mantenerse en funcionamiento durante al menos cinco años, sin ser transmitidos, arrendados o cedidos a terceros para su uso, salvo que exista pérdida justificada. La enajenación anticipada de activos verdes —por ejemplo, venta de instalaciones solares a una empresa de leasing— requiere un análisis previo del impacto sobre la RIB.

Conexión con el Régimen Especial de Empresas Industriales del RFEIB

La DA 70ª también prevé, en su apartado Cinco, un régimen especial para empresas industriales, agrícolas, ganaderas y pesqueras, que incluye una bonificación del 10 % en la cuota del IS. Estas empresas pueden combinar la RIB (reducción de base por dotación de la reserva) con la bonificación en cuota, siempre que las inversiones no sean objeto de doble incentivación para los mismos bienes. La consulta V1033-23 es el referente para analizar si una inversión medioambiental puede ser apta para la RIB en el contexto de una empresa que también aplica la bonificación industrial.

Conclusión

La consulta V1033-23 confirma que los activos medioambientales son una vía de materialización de la RIB con gran potencial, especialmente para sectores como la hostelería, la agricultura ecológica y la pesca sostenible en Baleares. La exigencia de certificación por la administración autonómica añade un paso administrativo que debe planificarse con antelación.

En LRB Tax & Legal, con presencia en Palma de Mallorca (Parc Bit), asesoramos a empresas baleares en la planificación de inversiones medioambientales como materialización de la RIB, incluyendo la tramitación de la certificación autonómica. Contáctenos en Contacto@LRB.es.