Aplazamiento y Fraccionamiento de Deudas Tributarias en Baleares: Cómo Solicitar y Negociar con Hacienda

Aplazamiento y Fraccionamiento de Deudas Tributarias en Baleares: Cómo Solicitar y Negociar con Hacienda

El aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias en Baleares es una herramienta fundamental para empresas y autónomos que atraviesan dificultades de tesorería y no pueden hacer frente al pago de sus obligaciones fiscales en los plazos voluntarios establecidos. La Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación regulan los requisitos, plazos y garantías necesarios para obtener un aplazamiento o fraccionamiento, tanto de la AEAT como de la ATIB.

En LRB Tax & Legal, con delegación en Palma de Mallorca, asesoramos a empresas y contribuyentes baleares en la solicitud y negociación de aplazamientos, minimizando el coste de los intereses de demora y maximizando las posibilidades de obtener condiciones favorables.

¿Qué deudas pueden aplazarse o fraccionarse?

Con carácter general, pueden ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento todas las deudas tributarias cuya exacción sea competencia de la AEAT o de la ATIB. Sin embargo, existen limitaciones importantes:

  • Las deudas correspondientes a retenciones e ingresos a cuenta (IRPF de nóminas, retenciones a profesionales) no pueden aplazarse salvo que se acredite que el aplazamiento no perjudica los derechos de los contribuyentes retenidos.
  • Las deudas del IVA repercutido tampoco son aplazables con carácter general desde la reforma de 2017, aunque existen excepciones para contribuyentes con volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros.
  • Las deudas en período ejecutivo pueden aplazarse, pero la solicitud debe presentarse antes de que se dicte la providencia de apremio para evitar el recargo del 20%.

Garantías exigidas para el aplazamiento

La AEAT exige garantías cuando el importe aplazado supera los 30.000 € (umbral vigente a la fecha de este artículo). Las garantías más habituales son:

  • Aval bancario: garantía de primera demanda emitida por una entidad de crédito. Es la garantía preferida por la AEAT pero tiene un coste de comisión de aval (habitualmente entre el 0,5% y el 1,5% anual sobre el importe avalado).
  • Hipoteca inmobiliaria: más barata que el aval bancario, pero con costes notariales y registrales y tiempo de constitución más largo.
  • Depósito en efectivo o en valores públicos: inmoviliza liquidez pero no tiene coste de comisión.
  • Dispensa de garantía: posible cuando la deuda no supera el umbral de 30.000 € o cuando se acredita que la constitución de garantías ocasionaría graves quebrantos para la empresa.

Intereses de demora en el aplazamiento

El aplazamiento devenga intereses de demora al tipo fijado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Este coste financiero debe compararse con el coste del crédito bancario alternativo para determinar si el aplazamiento es la opción más eficiente desde el punto de vista financiero.

Aplazamiento y fraccionamiento en la ATIB: tributos cedidos

La ATIB (Agencia Tributaria de les Illes Balears) gestiona el aplazamiento de los tributos cedidos a la Comunidad Autónoma: ISD, ITP/AJD e Impuesto sobre el Turismo Sostenible. Los procedimientos son similares a los de la AEAT, aunque con algunas particularidades en materia de garantías y plazos máximos de aplazamiento.

Estrategia fiscal ante dificultades de pago

Antes de solicitar un aplazamiento, conviene analizar si existen otras alternativas: compensación de la deuda con créditos tributarios pendientes de devolución, suspensión de la ejecutividad mediante la interposición de un recurso, o la propia regularización de la situación fiscal para reducir la deuda mediante la corrección de errores en las autoliquidaciones anteriores.

¿Tiene una deuda tributaria en Baleares que no puede pagar en plazo? Consúltenos.

Contacto@LRB.es

LRB Tax & Legal: gestión de aplazamientos y deudas con Hacienda en Mallorca

Gestionamos solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento ante la AEAT y la ATIB, negociamos las condiciones de garantía más favorables para el cliente y coordinamos la estrategia de pago con la planificación fiscal global de la empresa. En situaciones de mayor complejidad —concurso de acreedores con deudas tributarias significativas— actuamos en coordinación con el administrador concursal para maximizar las posibilidades de acuerdo con la Hacienda Pública.

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