Escisiones y fusiones: planificación fiscal 2026-2027

Cerrando el segundo semestre de 2026 y mirando hacia 2027, muchas empresas familiares y grupos societarios nos consultan sobre el momento adecuado para plantear una escisión o fusión. Repasamos las claves de planificación para estas operaciones de reestructuración en el horizonte de los próximos ejercicios.

Escisión total vs escisión parcial

La escisión total divide una sociedad en dos o más entidades, extinguiéndose la sociedad original. La escisión parcial segrega una rama de actividad concreta hacia una nueva sociedad, manteniendo la entidad original con el resto de su patrimonio. La elección entre ambas depende de si se busca dividir completamente el negocio o simplemente separar una línea de actividad concreta.

Fusión: cuándo tiene sentido en el ciclo actual

Simplificar estructuras de grupo tras una adquisición, integrar operativas complementarias, o preparar una sucesión empresarial concentrando la actividad en una única entidad, son los motivos más habituales que justifican una fusión con vistas al cierre de 2026 o al inicio de 2027.

El régimen FEAC como marco de neutralidad fiscal

Tanto escisiones como fusiones pueden acogerse al régimen especial de neutralidad fiscal si concurre motivo económico válido, evitando tributación inmediata sobre las plusvalías tácitas puestas de manifiesto en la operación. La planificación con suficiente antelación, documentando el motivo económico desde el primer momento, sigue siendo la clave para que estas operaciones resistan una comprobación posterior.

Calendario recomendado para operaciones de cara a 2027

  • Iniciar el análisis y valoración de las sociedades implicadas durante el último trimestre de 2026.
  • Documentar el motivo económico y las razones de negocio antes de formalizar cualquier acuerdo.
  • Ejecutar la operación con margen suficiente respecto a cualquier venta o transmisión posterior ya prevista.
  • Comunicar la opción por el régimen especial dentro de los plazos que marca la normativa.

Aspectos societarios y laborales a coordinar

Más allá de la fiscalidad, estas operaciones implican aprobación por las juntas de socios, publicidad registral, derecho de oposición de acreedores, y subrogación de contratos de trabajo en el caso de las fusiones, todo lo cual debe coordinarse con la planificación fiscal desde el inicio del proyecto.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo antes de una venta conviene ejecutar una reestructuración?
No existe un plazo legal universal, pero cuanto mayor sea la distancia temporal y más sólida la documentación del motivo económico, menor es el riesgo de que Hacienda cuestione la operación.

¿Puedo combinar una escisión con una posterior aportación a una holding?
Sí, son operaciones que pueden secuenciarse dentro de una planificación de reestructuración más amplia, siempre que cada fase cuente con su propio motivo económico justificado.

Planificar con antelación cualquier escisión o fusión prevista para el próximo ejercicio permite estructurar la operación con las máximas garantías fiscales. Nuestro equipo de corporativo diseña e implementa estas operaciones de forma coordinada con la estrategia de negocio de cada cliente.