Actores y Profesionales del Cine y la TV: Fiscalidad Específica
Los actores, directores, guionistas y demás profesionales de la industria audiovisual tienen una fiscalidad que combina la relación laboral con las productoras y cadenas televisivas con la actividad freelance, los derechos de explotación de sus interpretaciones y los contratos internacionales con producciones extranjeras.
Actor con Contrato Laboral vs. Actor Autónomo
La mayoría de las producciones cinematográficas y televisivas contratan a los actores mediante contratos laborales de duración determinada (por proyecto). El actor percibe rendimientos del trabajo y la productora practica la retención correspondiente. Sin embargo, muchos actores también realizan colaboraciones freelance para anuncios, cortometrajes o eventos, generando rendimientos de actividades económicas facturados con IVA al 21% y con retención del 15% del IRPF.
Derechos de Explotación de las Interpretaciones (AISGE)
Los actores tienen derechos de artistas intérpretes sobre sus actuaciones en obras audiovisuales, gestionados por AISGE (Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión). AISGE distribuye a los actores los derechos de comunicación pública de sus interpretaciones (retransmisión por televisión, emisión online, distribución de películas). Estos ingresos tributan con retención del 19% como rendimientos de derechos conexos (asimilados a derechos de autor).
Producciones Internacionales: CDIs y Rentas de No Residentes
El actor español que participa en una coproducción internacional o en una producción extranjera filmada en el extranjero puede generar ingresos gravables tanto en el país de producción como en España. Los CDIs determinan qué país tiene la potestad tributaria principal sobre los ingresos del artista no residente, con derecho a deducción en España del impuesto pagado en el extranjero.
Deducción del 36 LIS para Productoras
Los actores que han constituido su propia productora audiovisual pueden beneficiarse de la deducción del artículo 36 LIS cuando la productora coproduice largometrajes, cortometrajes o series. Esta deducción (30% del primer millón de base de deducción, 25% del exceso) puede ceder al distribuidor o al inversor que financie la producción.
Asesoramiento para Actores y Profesionales Audiovisuales con LRB Tax & Legal
En LRB Tax & Legal asesoramos a actores, directores y profesionales del cine y la televisión en la gestión fiscal de sus ingresos nacionales e internacionales. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o al +34 684 234 831.

