Pagos en Especie para Influencers: Tributación y Obligaciones Fiscales

Pagos en Especie para Influencers: Tributación y Obligaciones Fiscales

Los pagos en especie que las marcas realizan a los influencers —envío de productos, invitaciones a eventos, estancias en hoteles, viajes, coches de prueba, ropa, cosméticos, tecnología— son uno de los aspectos fiscales más desconocidos y más inspeccionados por la AEAT en el sector de los creadores de contenido. La percepción errónea de que «si no cobro dinero, no tributo» ha llevado a numerosos influencers a acumular pasivos fiscales significativos que afloran en el momento de la inspección.

¿Son los Productos Recibidos Ingresos Tributables?

Sí, absolutamente. El artículo 6 de la LIRPF establece que el IRPF grava la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales, con independencia de su denominación y de que sean en dinero o en especie. Cuando un influencer recibe un producto de una marca a cambio de publicarlo en sus redes, está recibiendo una contraprestación en especie por un servicio prestado. Esa contraprestación es un ingreso de la actividad económica del influencer, tributable en el IRPF y sujeto al IVA al 21%.

¿Cómo se Valoran los Pagos en Especie?

La base imponible del pago en especie es el valor de mercado del bien o servicio recibido. Para productos de consumo (ropa, cosméticos, electrónica), el valor de mercado es el precio de venta al público. Para estancias en hoteles, el valor es la tarifa de mercado de la habitación. Para viajes, el precio del billete.

El influencer debe incluir el valor del pago en especie en su factura de servicios a la marca: base imponible = valor del servicio prestado (generalmente igual al valor del bien recibido) + IVA al 21%. La marca, que actúa como contraprestante, debe practicar la retención del IRPF al 15% sobre la base imponible del pago en especie.

¿Qué Pasa si No se Declaran los Pagos en Especie?

Si el influencer no declara los pagos en especie recibidos, la AEAT puede detectarlos a través de:

  • Las publicaciones del propio influencer en sus redes sociales, donde muestra los productos recibidos.
  • La información declarada por las marcas en el modelo 347 sobre pagos realizados a terceros (incluidos pagos en especie).
  • Los requerimientos de información a las marcas sobre sus gastos de marketing con influencers.

La regularización incluirá el IRPF no declarado sobre los pagos en especie, los intereses de demora y, si hay ocultación, una sanción del 50% al 150% de la cuota regularizada.

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