Productoras de Contenido y Agencias Creativas: Fiscalidad Específica

Productoras de Contenido y Agencias Creativas: Fiscalidad Específica

Las productoras de contenido audiovisual y las agencias creativas —que producen vídeos corporativos, spots publicitarios, branded content, podcasts de marca, fotografía comercial y cualquier tipo de contenido para marcas y empresas— tienen una fiscalidad específica que combina la problemática general de las empresas de servicios con particularidades derivadas de la naturaleza de su actividad: los derechos de propiedad intelectual sobre las producciones, la deducción por inversiones en producciones audiovisuales del IS y la gestión del IVA en producciones para clientes internacionales.

Deducción por Inversión en Producciones Audiovisuales (Art. 36 LIS)

Las productoras de contenido que producen obras audiovisuales —largometrajes, cortometrajes, series, documentales, animación— pueden aplicar la deducción del artículo 36 LIS, que establece:

  • Deducción del 30% sobre el primer millón de euros de la base de deducción y del 25% sobre el exceso, para productoras cinematográficas y series audiovisuales.
  • Límite del 50% de la cuota íntegra, ampliable al 60% cuando la producción obtenga determinadas calificaciones.
  • La deducción puede cederse al distribuidor o al inversor financiero de la producción mediante contratos de cesión de la deducción.

Para las agencias creativas que producen branded content, spots publicitarios o vídeos corporativos —que no tienen la consideración de producciones cinematográficas o series para la deducción del 36 LIS—, las inversiones en equipamiento de producción (cámaras, luces, drones, software de edición, estudio de grabación) son deducibles mediante amortización.

Propiedad Intelectual sobre las Producciones

Una cuestión frecuente en productoras y agencias creativas es la titularidad de los derechos de propiedad intelectual sobre las obras producidas. Si la productora cede al cliente los derechos de explotación de la producción, esta cesión puede estar sujeta al tipo reducido del 10% de IVA (si la producción es una obra audiovisual asimilable a las incluidas en el artículo 91.Uno.2.6º LIVA) o al tipo general del 21%. El análisis de cada caso es fundamental.

Patent Box para Productoras: Reducción del 60% sobre Rentas de Intangibles

Las productoras que poseen derechos de propiedad intelectual sobre sus producciones pueden aplicar el patent box del artículo 23 LIS si ceden los derechos de explotación de esas obras, reduciendo la base imponible derivada de esas rentas en un 60%.

Asesoramiento para Productoras y Agencias Creativas con LRB Tax & Legal

En LRB Tax & Legal asesoramos a productoras de contenido y agencias creativas en la deducción del artículo 36 LIS, la gestión de la propiedad intelectual y el patent box. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o al +34 684 234 831.