Cómo Defenderse de una Inspección del IS: Derechos del Contribuyente y Estrategias de Defensa
Recibir una comunicación de inicio de actuaciones de comprobación e investigación del Impuesto sobre Sociedades por parte de la AEAT es una situación que puede generar incertidumbre en cualquier empresa. Sin embargo, el contribuyente cuenta con un amplio conjunto de derechos y mecanismos de defensa que, bien utilizados, pueden limitar significativamente el resultado económico de la inspección o incluso conducir a la anulación de la regularización propuesta. En este artículo analizamos las claves de una defensa fiscal eficaz ante una inspección del IS.
Derechos del Contribuyente en la Inspección Tributaria
La Ley 58/2003, General Tributaria (LGT), y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria (RGAT) reconocen al contribuyente los siguientes derechos fundamentales:
- Derecho a conocer el alcance y extensión de las actuaciones inspectoras desde el inicio.
- Derecho a ser asistido por un representante o asesor fiscal en todas las actuaciones.
- Derecho a que las actuaciones se lleven a cabo en el lugar y horario que cause menor perturbación a la actividad.
- Derecho a no aportar documentación que no sea pertinente para la comprobación o que ya obre en poder de la Administración.
- Derecho a que las actuaciones concluyan en el plazo máximo de 18 meses (27 meses para grandes empresas o en caso de especial complejidad).
- Derecho a formular alegaciones en cada fase del procedimiento.
Fases del Procedimiento de Inspección del IS
- Inicio: comunicación de inicio de actuaciones. Desde este momento se interrumpe la prescripción.
- Instrucción: requerimientos de información, visitas, análisis de documentación contable y fiscal.
- Propuesta de regularización: el actuario emite una propuesta de liquidación (acta de conformidad o de disconformidad).
- Alegaciones del contribuyente: plazo para formular alegaciones al acta de disconformidad.
- Resolución del Inspector Jefe: liquidación provisional o definitiva.
- Vías de recurso: recurso de reposición o reclamación económico-administrativa ante el TEAR/TEAC.
Áreas de Mayor Riesgo en la Inspección del IS
Las actuaciones inspectoras en el IS se centran habitualmente en:
- Operaciones vinculadas y precios de transferencia: valoración de transacciones con partes vinculadas.
- Gastos no deducibles: retribuciones a socios-administradores, liberalidades, gastos sin correlación con ingresos.
- Bases imponibles negativas: acreditación de la procedencia y cuantía de las BINs.
- Deducciones por I+D+i: verificación del carácter innovador de los proyectos.
- Régimen FEAC: comprobación del motivo económico válido en reestructuraciones.
- Simulación y conflicto en la aplicación de la norma: operaciones con propósito negocial artificioso.
La Importancia del Perito Judicial Tributario en la Inspección
En determinadas inspecciones del IS, especialmente cuando se discute el valor de mercado de operaciones vinculadas, la valoración de activos intangibles o la cuantificación de daños y perjuicios, el apoyo de un perito judicial tributario puede ser determinante. El informe pericial tributario aporta al procedimiento una valoración técnica independiente que refuerza la posición del contribuyente y puede ser determinante en la fase de alegaciones o en la vía jurisdiccional.
Actas con Acuerdo: La Vía Negociada
Cuando existe incertidumbre sobre la interpretación de hechos o de normas jurídicas, el contribuyente y la Inspección pueden alcanzar un acuerdo que se formaliza en un acta con acuerdo. Las ventajas son la reducción del 65% de las sanciones que en su caso procedan y la firmeza de la liquidación, aunque el contribuyente renuncia a la vía de recurso posterior.
LRB Tax & Legal: Defensa ante Inspecciones del IS
En LRB Tax & Legal contamos con un equipo especializado en la defensa de empresas ante inspecciones del IS. Luis Miguel Larriba, socio director y perito judicial tributario acreditado por ASPEJURE e inscrito en el Ministerio de Justicia, aporta a cada caso la combinación de conocimiento técnico tributario y experiencia pericial necesaria para afrontar con garantías cualquier actuación inspectora.
Nuestros servicios incluyen: análisis de la propuesta de regularización, elaboración de alegaciones, informes periciales tributarios, representación ante el TEAR y el TEAC, y defensa en la vía contencioso-administrativa.
Contáctanos en Contacto@LRB.es o llámanos al +34 684 234 831 si tu empresa ha recibido una notificación de la Inspección de la AEAT.
Conclusión
Una inspección del IS no es necesariamente sinónimo de regularización ni de pago de deuda. Con los derechos bien conocidos, una estrategia de defensa sólida y el apoyo de asesores especializados, muchas propuestas de la Inspección pueden ser reducidas o anuladas en la fase de alegaciones o en la vía revisora. La clave está en actuar con rapidez desde el primer momento y contar con un equipo que combine conocimiento fiscal profundo y experiencia práctica en procedimientos de inspección. ¿Ha recibido tu empresa una notificación de la AEAT? Escríbenos a Contacto@LRB.es.

